{"id":148321,"date":"2021-11-18T09:37:56","date_gmt":"2021-11-18T15:37:56","guid":{"rendered":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/?p=148321"},"modified":"2021-11-18T09:37:56","modified_gmt":"2021-11-18T15:37:56","slug":"contacto-universitario-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/2021\/11\/18\/contacto-universitario-19\/","title":{"rendered":"Contacto Universitario"},"content":{"rendered":"<p>El C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales, publicado el 5 de marzo de 2014, en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, es una ley adjetiva o procedimental, reglamentaria de varios art\u00edculos de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, como lo es el 20, mismo que contiene algunos de los principios del proceso penal acusatorio y oral, como lo son la publicidad, contradicci\u00f3n, concentraci\u00f3n, continuidad e inmediaci\u00f3n; as\u00ed como el 21, el cual se\u00f1ala que la investigaci\u00f3n de los delitos corresponde al Ministerio P\u00fablico, entre otros.<\/p>\n<p>Al efecto, en sus art\u00edculos 137 y 138, el C\u00f3digo en cuesti\u00f3n, contiene dos figuras que pueden llegar a confundirse, como lo es el caso de las medidas de protecci\u00f3n, y las providencias precautorias para la restituci\u00f3n de derechos de las v\u00edctimas, raz\u00f3n por la cual abordar\u00e9 los numerales referidos.<\/p>\n<p><strong>Medidas de protecci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El art\u00edculo 137, es el encargado de se\u00f1alar las denominadas medidas de protecci\u00f3n, las cuales son expresamente una responsabilidad del Ministerio P\u00fablico (el cual tiene la atribuci\u00f3n Constitucional de investigar los delitos, lo anterior, de conformidad con el art\u00edculo 21), el cual deber\u00e1 fundar y motivar la aplicaci\u00f3n de las mismas, cuando estime que el imputado, o la persona que ha sido se\u00f1alada por su probable participaci\u00f3n en la comisi\u00f3n de un hecho que la ley se\u00f1ala como delito, represente un riesgo en contra de la seguridad de la v\u00edctima (afectado directo del il\u00edcito), o el ofendido (perjudicado indirecto del delito). Cuando el art\u00edculo en comento establece que el representante social deber\u00e1 fundar y motivar la aplicaci\u00f3n de dichas medidas, se refiere en primer lugar, a que deber\u00e1 se\u00f1alar el art\u00edculo en la ley aplicable al caso, de acuerdo a los distintos motivos l\u00f3gicos que lleven a la autoridad a aplicarlo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong> En este sentido, algunas de las medidas de protecci\u00f3n, son las siguientes:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Prohibici\u00f3n de acercarse o comunicarse con la v\u00edctima u ofendido.<\/li>\n<li>La entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad de la v\u00edctima que tuviera en su posesi\u00f3n el probable responsable.<\/li>\n<li>Vigilancia en el domicilio de la v\u00edctima u ofendido.<\/li>\n<li>Protecci\u00f3n policial de la v\u00edctima u ofendido.<\/li>\n<li>Auxilio inmediato por integrantes de instituciones policiales, al domicilio en donde se localice o se encuentre la v\u00edctima u ofendido en el momento de solicitarlo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Es importante se\u00f1alar, que las anteriores son solo algunas de las medidas de protecci\u00f3n contempladas por el C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Nacionales, sin embargo, no son las \u00fanicas, pues en el mismo se establecen diez.<\/p>\n<p><strong>Las providencias precautorias <\/strong><\/p>\n<p>Las denominadas providencias precautorias para la restituci\u00f3n de derechos de la v\u00edctima, encuentran su fundamento jur\u00eddico en el art\u00edculo 138. Al efecto, tienen como objetivo principal garantizar la reparaci\u00f3n del da\u00f1o que se ha generado por la comisi\u00f3n del hecho que la ley se\u00f1ala como delito.<\/p>\n<p>Las providencias precautorias, pueden ser solicitadas por distintas partes dentro del proceso penal acusatorio y oral, siendo estas de manera espec\u00edfica la v\u00edctima, el ofendido o el Ministerio P\u00fablico; sin embargo, quien tiene la facultad para decretarlas, ser\u00e1 el juez de control correspondiente, siempre y cuando, de los datos de prueba expuestos por el Ministerio P\u00fablico, la v\u00edctima u ofendido, se desprenda la posible reparaci\u00f3n del da\u00f1o y la probabilidad de que el imputado sea responsable de repararlo.<\/p>\n<p>El C\u00f3digo en cuesti\u00f3n, contempla \u00fanicamente dos tipos de providencias, como lo es el caso del a) embargo de bienes, y b) la inmovilizaci\u00f3n de cuentas y dem\u00e1s valores que se encuentren dentro del sistema financiero. Es importante se\u00f1alar que estas dos providencias, ser\u00e1n canceladas si el imputado garantiza o paga la reparaci\u00f3n del da\u00f1o.<\/p>\n<p>Finalmente, es importante se\u00f1alar que tanto las medidas de protecci\u00f3n como las providencias precautorias, podr\u00e1n ser revisadas por el \u00f3rgano jurisdiccional correspondiente, con la finalidad de cancelarlas, ratificarlas o modificarlas.<\/p>\n<p><strong>Twitter: @JUANFERESPINO<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales, publicado el 5 de marzo de 2014, en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, es una ley adjetiva o procedimental, reglamentaria de varios art\u00edculos de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, como lo es el 20, mismo que contiene algunos de los principios del proceso penal acusatorio [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":38,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11],"tags":[7203,30,154,5073,79],"yst_prominent_words":[14419,32040,8343,26014,7615,32050,29258,29259,29257,46900,7828,32043],"class_list":["post-148321","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-vox","tag-contacto-universitario","tag-opinion","tag-tlaxesnoticia","tag-tlaxesnoticiaapp","tag-vox"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/148321"}],"collection":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/users\/38"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=148321"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/148321\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=148321"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=148321"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=148321"},{"taxonomy":"yst_prominent_words","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/yst_prominent_words?post=148321"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}