{"id":294291,"date":"2025-07-22T10:14:36","date_gmt":"2025-07-22T16:14:36","guid":{"rendered":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/?p=294291"},"modified":"2025-07-22T10:14:36","modified_gmt":"2025-07-22T16:14:36","slug":"acredito-tet-casos-violencia-politica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/2025\/07\/22\/acredito-tet-casos-violencia-politica\/","title":{"rendered":"Acredit\u00f3 TET casos de violencia pol\u00edtica"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-weight: 400;\">El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) acredit\u00f3 la existencia de Violencia Pol\u00edtica en Raz\u00f3n de G\u00e9nero cometida en contra de una ex s\u00edndica y ex regidora, por lo que orden\u00f3 la inscripci\u00f3n que corresponda de los responsables, en el Cat\u00e1logo de Sujetos Sancionados.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Los primeros expedientes abordados fueron los procedimientos especiales sancionadores, radicados con los n\u00fameros de expediente TET-PES-041\/2025 y TET-PES-047\/2025, iniciados de oficio por parte de la autoridad instructora, derivado del monitoreo realizado por la titular del \u00c1rea T\u00e9cnica de Comunicaci\u00f3n Social y Prensa del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) en medios de comunicaci\u00f3n masiva e internet para detectar la contrataci\u00f3n de espacios con fines de promoci\u00f3n de las personas candaditas del Proceso Electoral Extraordinario para\u00a0 renovar los cargos del Poder Judicial, Tribunal de Justicia Administrativa y\u00a0 Tribunal de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje 2024-2025.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En el primer caso, se denunci\u00f3 de manera oficiosa a un ciudadano en su car\u00e1cter de otrora candidato a Magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de Tlaxcala, por la supuesta adquisici\u00f3n de espacios en medios de comunicaci\u00f3n (f\u00edsicos, impresos, digitales, internet, redes sociales o noticiosos) con fines de promoci\u00f3n y a los medios se\u00f1alados por presuntamente ofrecer entrevistas o foros de debate en condiciones de inequidad, particularmente las realizadas al denunciado en fechas 01 y 29 de mayo.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Por lo anterior el coordinador del \u00c1rea de Oficial\u00eda Electoral del ITE realiz\u00f3 la certificaci\u00f3n de la existencia y el contenido de los enlaces correspondientes a las publicaciones realizadas por los medios de comunicaci\u00f3n digital se\u00f1alados en el asunto. Sin embargo, en uno de los casos no se pudo constatar la existencia ni el contenido de la publicaci\u00f3n realizada, pues en la fecha en que se realiz\u00f3 la certificaci\u00f3n, el video ya no estaba disponible y es posible que el enlace no funcionara o el medio de comunicaci\u00f3n digital se\u00f1alado ya la hab\u00eda eliminado, sin embargo, el apoderado legal del medio de comunicaci\u00f3n admiti\u00f3 la existencia de la entrevista en la publicaci\u00f3n en cuesti\u00f3n, la cual dio pie al inicio de este PES.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En este asunto, se detall\u00f3 que el otrora candidato a Magistrado, tambi\u00e9n reconoci\u00f3 la existencia de las entrevistas efectuadas por los medios de comunicaci\u00f3n, las cuales tuvieron origen de las invitaciones que les fueron realizadas, razones por las que se aprob\u00f3 la remisi\u00f3n del expediente a la autoridad instructora para que, en ejercicio de sus atribuciones, requiera al medio digital que le remita el video de la entrevista realizada al otrora candidato, para que posterior a ello, se certifique el contenido del video aportado.\u00a0<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Respecto a la infracci\u00f3n atribuida a los medios de comunicaci\u00f3n denunciados, relativa a la organizaci\u00f3n de foros de debate o entrevistas noticiosas en condiciones de inequidad, la autoridad sustanciadora no realiz\u00f3 diligencias de investigaci\u00f3n alguna. En el caso concreto, de las constancias de este procedimiento se advirti\u00f3 que durante la sustanciaci\u00f3n, el ciudadano denunciado dio cumplimiento a un requerimiento realizado por la autoridad administrativa electoral, refiriendo entre otras cuestiones, que en efecto, hab\u00eda acudido a la entrevista mencionada, pero que ello hab\u00eda sido derivado de una invitaci\u00f3n de la que remiti\u00f3 copia simple.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">En la sesi\u00f3n extraordinaria, se explic\u00f3 que del an\u00e1lisis al listado actualizado de candidaturas a magistraturas, se advierte que fueron doce ciudadanos postulados al cargo de la Magistratura del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado de Tlaxcala, por lo que para contar con los elementos necesarios para resolver el asunto, se consider\u00f3 fundamental realizar mayores diligencias para mejor proveer, en el sentido de que la autoridad instructora se allegue de las dem\u00e1s invitaciones personalizadas dirigidas al resto de los candidatos postulados al cargo en cita, o en su caso, si hubo una invitaci\u00f3n de manera general para todas las candidaturas.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-weight: 400;\">Cumplido lo anterior, el TET orden\u00f3 al ITE emplazar nuevamente y de forma eficaz a las partes, corri\u00e9ndoles traslado con todas y cada una de las constancias que integren el expediente; y, posteriormente, se celebre la audiencia de pruebas y alegatos correspondiente, garantizando el derecho de audiencia de las partes.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) acredit\u00f3 la existencia de Violencia Pol\u00edtica en Raz\u00f3n de G\u00e9nero cometida en contra de una ex s\u00edndica y ex regidora, por lo que orden\u00f3 la inscripci\u00f3n que corresponda de los responsables, en el Cat\u00e1logo de Sujetos Sancionados. 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