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El juzgado de distrito regresará a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), el caso de los 48 trabajadores del Seguro Popular, adelantó el asesor jurídico de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), Víctor López Hernández.
Señaló que realizaron el diferimiento de las pláticas y ahora lo tiene la Junta Local, «hicimos un diferimiento de las pláticas porque pensamos que vamos a tener un acercamiento con las autoridades, pues la primera audiencia respecto de la situación laboral de los trabajadores ya se tuvo, de la demanda individual que tenemos de los 48 compañeros, ya también se tuvo, se difirió y nos dieron nueva fecha para finales de abril”.
Por el momento la CTM espera un puente de diálogo con la Secretaría de Salud o con el titular del Seguro Popular, del cual esperaban que hubiera cambio, sin embargo a la fecha no se ha realizado «entonces vamos a ver si tenemos un acercamiento por ahí y si no, litigaremos nuevamente el asunto en la Junta Local”.
Los 48 trabajadores del Seguro Popular presentaron una demanda laboral ante la JLCA en la que piden la reinstalación en su empleo tras ser despedidos supuestamente de manera injustificada.
Es de recordar que este conflicto en el Seguro Popular surgió en octubre del año pasado por el despido de trabajadores con antigüedad laboral desde siete hasta 13 meses, con el argumento de que falta presupuesto para cubrir los salarios del personal.
La CTM empezó a recibir desde abril del año pasado manifestaciones de trabajadores del Seguro Popular en el sentido de agruparse para formar una sección gremial, en este caso el Sindicato 1 de Mayo, en el sector servicios con facultades y atribuciones estatutarias que puedan encajar en este esquema federal.
Fue para los meses de julio y agosto que se constituyó formalmente el grupo y se afiliaron a 111 trabajadores a la CTM, por lo que se presentó la solicitud de alta ante la JLCA y, a su vez, se demandó ante este organismo un emplazamiento a huelga a fin de registrar el contrato colectivo de trabajo para salvaguardar la seguridad laboral de los trabajadores, su derecho de permanencia y de basificación, así como las prestaciones básicas que deben tener.
Para el 9 de septiembre de 2016 la CTM presentó la demanda por la firma y selección del contrato colectivo de trabajo ante la JLCA, pero “perversamente, la Junta juega con nuestros tiempos y notifica de que se declaraba incompetente para conocer del caso”, sin embargo ahora el juzgado de distrito determinó que se regrese este asunto al organismo laboral local.