Los senadores, diputados federales y locales, así como presidentes municipales (incluye regidores y síndicos) que sean electos en 2018, podrán reelegirse por 2, 4 y 1 periodos consecutivos respectivamente, teniendo como condición que su postulación sea por el mismo partido o coalición que lo llevó al triunfo en ese año.
En entrevista, el magistrado de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en Guadalajara, Jorge Sánchez Morales durante su visita por Puebla en donde impartió una conferencia titulada «La Reelección Legislativa y de Ayuntamientos en México», explicó que derivado del Pacto por México en 2012 se derivó la reforma Constitucional a los artículos 59, 115, 116 y 122.
En estas reformas, se establecen algunas condicionantes para ser reelectos los que ejerzan un cargo de elección popular el próximo año, como el hecho de que los ciudadanos podrán castigar o premiar a quienes cumplan con la transparencia y rendición de cuentas a través de su voto.
También, subrayó que existe un candado para romper con la inercia de estar en el poder por el poder mismo y es que aquellos diputados, senadores o alcaldes, regidores y síndicos, deberán ser postulados por el mismo partido político o por la coalición que lo promovió.
En caso contrario de que el funcionario quiera reelegirse bajo otras siglas partidistas, antes de la mitad de que concluya su periodo por el que fue electo tendría que renunciar al partido o coalición que lo postuló en 2018.
«Con la reelección se busca que haya una representación real y de mayor profesionalismo; además de que en cada contienda se ponga en primer lugar al ciudadano, en segundo partidos y en tercer lugar los poderes», subrayó el magistrado.
En estos artículos se establece que los Senadores de la República pueden ser reelectos por dos periodos consecutivos, los diputados federales y locales por cuatro periodos consecutivos y los presidentes municipales, regidores y síndico municipal por un periodo consecutivo.