El Cabildo por unanimidad aprobó modificaciones al capítulo 27 del Coremun donde establecen sanciones a quien maltrate a un ser sintiente hasta con un millón de pesos, y se añadió la figura de “animal feroz”, que son ocho razas de perros que deben ir con bozal o correa, de no ser así se fincarán multas de 5 mil a 350 mil pesos.

En este sentido, el regidor y promotor de la iniciativa, Iván Galindo Castillejos, informó que el propietario deberá registrar a su mascota ante la dirección de control animal, y en caso de no contar con él y la mascota agreda a una persona se le fincará la máxima que es de 350 mil pesos.

 “Hoy se sancionará hasta con 350 mil pesos para quienes tengan un animal feroz que pueda tornarse peligroso y que no cuente con el consentimiento del departamento de protección animal. Y que quede claro, el tener un animal feroz por sí mismo no representa una sanción; la sanción es que no lo reportan  a la autoridad y que anden por la calle sin las garantías de seguridad necesarias”, pronunció.

También, recordó que a quienes ejerzan la actividad de peleas de perros y tengan en condiciones inadecuadas o profiera trato indigno a los seres sintientes, serán acreedores a una multa de un millón de pesos.

Para entender la magnitud de estos cambios, es importante mencionar que antes de aquellos, una persona que organizaba peleas de perros sólo tenía una sanción de mil 500 pesos.

Iván Galindo afirmó que las modificaciones están en concordancia con Ley de Protección Animal del estado de Puebla, lo que garantiza la regulación de consultorios, clínicas y hospitales veterinarios, así como farmacias, estéticas, pensiones y tiendas de artículos para los animales o mascotas.

RAZAS FEROCES

Pit bull Terrier,  Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiller, Dogo Argentino, Fila Brasileño, Tosa Inu y Akita Inu, o cualquiera de sus cruces con estos animales.

En el artículo 1833 se explica que son animales feroces los que por su naturaleza se tornen violentos agresivos y difíciles de contener.

En el articulado 1861 se refiere que estos seres deben ir acompañados de una correa, y bozal para aquellos que estén acondicionados para guardia y protección.