Amigas y amigos lectores, en este espacio queremos tratar el tema relativo al nombre de las personas y el impacto que puede tener en ellas; para iniciar hay que decir que el nombre es un conjunto de palabras que sirven para individualizar a una persona, aunque es oportuno aclarar que el nombre no tiene esta única función, puesto que también sirve para indicar el estado de familia de la persona, su pertenencia a un grupo (los Sánchez, los García); además debe ser un medio agradable para referirse a las personas y fortalecer los vínculos entre ellas.
Es precisamente por esto último, que la mayoría de las leyes, tanto de nuestro país como en el extranjero, recomiendan a los padres que al asignarle nombre a sus hijos e hijas consideren uno que no provoque algún insulto ni se preste a la burla, ya que estos factores puede causar “bullying” (violencia escolar) o discriminación, lo que provocará, entre otras cosas, baja autoestima.
Pero, hagamos un pequeño viaje al pasado para descubrir los orígenes del nombre; así tenemos que en Grecia este atributo caracterizaba a las personas como en el caso de Demóstenes (que significaba la fuerza del pueblo) o Eupolermo (bueno en la guerra). Posteriormente, en otros pueblos de la antigüedad se asignaba el nombre de acuerdo al lugar en el que se habitaba, así tenemos apellidos como Córdoba, Mérida, Campos. Otros apellidos se daban por las características físicas de la persona o según el oficio que realizaban, como Rubio, Herrero o Pescador.
Es importante que los padres y madres antes de asignar un nombre, consideren: no generar combinaciones que se presten a burla, por ejemplo: Zoyla Vaca del Río; cuando pongan nombres extranjeros deben cerciorarse que su traducción no genere burla, pongamos el caso de que a la familia le gusta el sonido o escritura de la palabra “Drunk” pero ignoran que en el idioma inglés significa “ebrio o borracho”, imagínese usted la burla para ese niño a lo largo de su vida si se le pone ese nombre.
Ahora usted se preguntará, ¿me puedo cambiar el nombre si me está generando burla? Sobre este caso, cabe citar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el alcance del derecho al nombre incluye dos dimensiones: la primera a tener un nombre y, la segunda, concerniente al ejercicio de modificar el originalmente nos pusieron por los padres; por lo que, una vez registrada la persona, se debe garantizar la posibilidad de preservar, o modificar el nombre y apellido. Otro factor a considerar, consiste en no asignar un nombre cuya escritura por su extensión o complejidad en la pronunciación genere la posibilidad de errores como por ejemplo: Wyszkowski.
Finalmente, queremos compartir una estadística que obtuvimos al indagar los factores que consideran los padres para ponerle nombre a sus hijas e hijos, los resultados fueron: 35% porque suena bien; 42.8% inspirados en nombre de un tercero; 14.2% fusionó nombre del padre y la madre, por ejemplo: si el padre se llama Ricardo y la madre María, a su descendiente le pusieron Ricmar; y sólo el 7.3% tomó en cuenta el significado del nombre.
Esperamos haber sensibilizado a nuestros lectores, acerca de la importancia que tiene asignarle nombre a una persona, así como de su trascendencia jurídica y psicológica.
Lic. Luis Roberto Ávila Prado
Titular de la Unidad de Transparencia