El gobernador Antonio Gali Fayad presentó una iniciativa de ley con 14 nuevas reglas que deberán seguir los servicios de transporte particular de plataformas digitales como Uber y Cabify.
Ante los feminicidio de Mara Fernanda Castilla y Mariana Fuentes, las autoridades detectaron que tanto Uber como Cabify y otras compañías carecen de un sistema de seguridad.
Actualmente la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes (SIMT) no tiene acceso a la información que manejan las empresas, y tampoco cuenta con la facultad legal para verificar el número de viajes real para el pago de 1.5% en impuestos por cada servicio.
Por ellos los legisladores en Puebla analizan la iniciativa de ley con 14 nuevas reglas en las que se establecen candados tanto para estas empresas de servicio como para los conductores.
Por lo tanto las empresas que están dadas de alta bajo esta modalidad en Puebla: Uber, Kerala México Tehuacán, ICES y Súper RT Kanguro, deberán permitir a la dependencia acceder a las tecnologías de teléfonos inteligentes, sistemas de posicionamiento global y plataformas tecnológicas que utilicen para la prestación del servicio.
Actualmente, cada compañía es responsable de revisar los requisitos, pero ahora deberán entregar los documentos y los resultados de las pruebas a las autoridades.
También queda establecido que el gobierno tenga facultades para revocar los registros en caso de que se incumpla con el nuevo reglamento, no se cubran los impuestos, o por “interés público”.
Asimismo con estas nuevas norma, se abre la brecha para que Cabify pueda regresar a operar en la entidad, sólo si esta se somete al pie de la letra.
LAS NUEVAS REGLAS
PARA EMPRESAS
- El pago por la prestación de este servicio se realizará únicamente de forma electrónica.
- La empresa debe actualizar el padrón de los choferes cada mes ante la SIMT.
- Las empresas de redes de transporte no podrán deslindar su responsabilidad civil, penal o administrativa cuando sus agremiados incurran en alguna irregularidad.
- La empresa debe vigilar que los usuarios concluyan los viajes para los cuales solicitaron el servicio y en caso de que no sea así, notificar a la autoridad.
- Están obligadas a realizar campañas informativas para prevenir la violencia de género, la discriminación o violación de los derechos humanos.
- Permitir a la Secretaría el acceso a las tecnologías de teléfonos inteligentes, sistemas de posicionamiento global y plataformas tecnológicas que utilicen para la prestación del servicio para vigilar a los conductores y garantizar la seguridad de los usuarios.
- Permitir que el usuario comparta en tiempo real su trayecto a terceros que incluya fotografía del conductor y las características de la unidad. Una vez concluido el viaje, la empresa debe enviar los detalles de la misma al correo electrónico del cliente.
- La empresa deberá contar con registros de sus viajes por un mínimo de dos años a partir de la finalización de cada viaje.
- Debe poner a disposición de los usuarios un sistema de comunicación seguro y anónimo de llamadas y mensajes de texto dentro de la aplicación mediante la cual se preste el servicio ejecutivo.
- Se cancelará el registro si se altera la información que se entregue a la autoridad, con los pagos de las contribuciones al Estado o por razones de interés público.
PARA CHOFERES
- Los choferes ya no operarán con licencia particular sino mercantil.
- La autoridad podrá parar a los conductores para revisar sus documentos e infraccionarlos cuando infrinjan la Ley.
- Se debe actualizar cada seis meses la constancia de No Antecedentes Penales y aprobar exámenes toxicológicos, psicológicos, psicométricos y una investigación socioeconómica. Respecto a este punto, Uber consideró que se trata de un requisito exagerado, ya que también se está discriminando a quien busca un ingreso extra.
- Contar con constancia que acredite que se encuentran capacitados en materia de igualdad de género, no discriminación y derechos humanos, por alguna institución oficial en el Estado.