La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, ordenar a María Alejandra Barrales Magdaleno, separarse del cargo de presidenta nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), a más tardar el 9 de diciembre, porque dejó de estar justificada la medida excepcional que tenía el efecto de suspender la aplicación del artículo 111 del Estatuto, que prohíbe ocupar la dirigencia mientras se ejerce un cargo de elección popular.
El pleno tomó en cuenta que, en la actualidad, está en curso un proceso de renovación de los cargos de dirigencia del sol azteca, llevado a cabo en acatamiento a una sentencia previa de esta Sala Superior, y estimó que la actual presidenta nacional deberá separarse de dicho puesto partidista.
Alejandra Barrales solicita su reincorporación como senadora
Al resolver el SUP-JDC-840/2017 y acumulado, promovido por Carlos Sotelo, el pleno del TEPJF indicó que, de separarse antes de la fecha mencionada, los órganos competentes del PRD deberán conducirse conforme a las normas estatutarias respectivas para ocupar la ausencia temporal correspondiente.
En la sentencia se establece que, en el supuesto de que antes del 9 de diciembre Barrales Magdaleno exhiba al Comité Ejecutivo Nacional del PRD la solicitud de licencia a su cargo de Senadora, ella podrá continuar en el cargo de dirigencia nacional hasta el 11 de diciembre de 2017, al tener en cuenta que, de conformidad con la resolución del incidente de imposibilidad de cumplimiento de la sentencia del juicio SUP-JDC-633/2017, esa es la fecha en la que, a más tardar, “la nueva dirigencia deberá rendir protesta e iniciar funciones formal y materialmente”.
En todo caso, la persona que decrete la presidencia nacional del PRD deberá informar a la Sala Superior sobre el cumplimiento dado a la sentencia, dentro de las 48 horas siguientes a su ejecución, anexar copia certificada de las constancias que sustenten su dicho; en caso de no hacerlo se le aplicará la sanción pertinente, según los numerales 5 y 32 de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación.
El pasado 11 de octubre, el pleno del TEPJF también decidió de forma unánime emplazar al PRD a realizar el relevo de sus órganos de dirección, por no existir impedimento jurídico ni material para ello, aunque dirigentes de ese partido fueron responsables de vulnerar los plazos y procedimientos para generar condiciones de imposibilidad, según denunció Carlos Sotelo exsenador de aquel partido y de la corriente Militantes de Izquierda (Miz).
El recurso de ayer, también promovido por Sotelo, resuelto por los magistrados, fue relativo a la violación al estatuto perredista que prohíbe a sus dirigentes desempeñar de forma simultánea un cargo de elección popular.
Barrales fue electa senadora en 2012; en julio de 2015 solicitó licencia para ocupar la Secretaría de Educación del gobierno de la Ciudad de México y este cargo lo dejó en 2016, al resultar electa presidenta del PRD, en sustitución de Agustín Basave, quien había renunciado.
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Desde esa fecha se mantuvo como senadora con licencia, pero el 23 de marzo regresó a su escaño posibilitar la elección de Dolores Padierna como coordinadora cuando varios senadores perredistas fueron al partido Morena, además de la disputa por la coordinación, con el senador Miguel Barbosa y luego con el senador Raúl Morón.
Así, Barrales estuvo en ambos cargos por más de 8 meses.