El capítulo de anticorrupción en la sexta ronda de negociaciones del TLCAN estableció sanciones para delitos como el soborno, malversación, desvío de recursos y cohecho internacional con obligaciones similares para Canadá, Estados Unidos y México.
Cada una de las naciones que integran el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) deberá regular su marco jurídico para estar a nivel internacional en materia de combate a la corrupción.
Por su parte, México tendrá que concluir los temas pendientes en la agenda del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) –designar un fiscal general, la fiscalía especializada en materia anticorrupción y sus leyes secundarias–.
Se estableció “la tipificación de diversos delitos que habían quedado pendientes” en la versión original del acuerdo, y se regularon “aspectos críticos como la integridad de gobiernos y funcionarios, la responsabilidad de las empresas y los mecanismos de colaboración en materia anticorrupción entre los Estados parte, entre otros”.
Asimismo, se reportaron avances en temas como Facilitación del Comercio y Acceso a Mercados, Reglas de Origen, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Propiedad Intelectual, Agricultura, Comercio Transfronterizo de Servicios.
No obstante, quedaron pendientes la regla de origen en el sector automotriz, la temporalidad agrícola, solución de controversias comerciales y la cláusula de extinción quinquenal.



















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