Después de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) ordenara al Instituto Nacional Electoral (INE) que incluyera dentro de la boleta electoral al candidato independiente Jaime Rodríguez Calderón, dijo que no podía juzgar la “ilegalidad de respaldos de El Bronco”.

En una conferencia de prensa, donde estuvieron seis de los siete magistrados que decidieron por cuatro votos a tres, mencionaron que fue sistemáticamente como se recuperaron los apoyos ciudadanos del candidato independiente a la presidencia de México.

Mencionaron que vieron “probable” que Rodríguez Calderón hubiera contado con más de las firmas solicitadas para ser candidato, mostrando una gráfica para representar de mejor manera la decisión.

 

 

“La autoridad era la obligada a probar y señalar en que consistía la falta del apoyo. En conclusión, los respaldos no revisados implica que no se desvirtuaron en cuanto a su eficacia por quien tenía la carga de probar su ilegalidad, por lo que hasta el momento en que se dictó la sentencia, subsistía su validez”, indicó el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera.

También comentaron que se limitaron a determinar este asunto con lo que exigen el artículo 371 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, pues entre sus requisitos es el número de apoyos ciudadanos.

¿Qué es lo que tiene que hacer el Tribunal? Decidir si se alcanza o no esta Litis conforme con los agravios, las pruebas y los argumentos (…) el Tribunal consideró hacer ejercicio de ese derecho fundamental al que estamos obligados a respetar”, puntualizó Fuentes Barrera.

Expresó que la captura de los datos, para los apoyos ciudadanos, fue a manos de un auxiliar o del mismo aspirante y que debió haber sido revisado por el INE, “estaba en la cancha del Instituto verificar esta situación”.