En sesión de acatamiento, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el dictamen por el que se ratificó que después del periodo concedido para que ejerciera su derecho de audiencia, el aspirante Armando Ríos Piter no reunió apoyos requeridos para obtener la postulación.

Con ello se dio por cumplida, en lo que toca al INE, la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El pasado 9 de abril la Sala Superior del TEPJF ordenó al INE dar audiencia de 10 días a Ríos Piter para que revisara más de 906 mil firmas, periodo que comenzó a correr el 11 de abril y venció el pasado viernes.

Pero el aspirante –hoy sumado a la campaña de José Antonio Meade- sólo acudió una vez y argumentó que hubo trabas del INE que no le permitieron revisar las firmas, declaradas por el INE como inconsistentes. Por ello no revisó ni un folio y se mantuvieron sus cifras de firmas irregulares.

En la sesión, los consejeros volvieron a cuestionar la decisión del TEPJF de considerar como vulnerado el derecho de Ríos Piter.