La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró un predio de casi 13 mil metros cuadrados, donde se realizó un relleno ilegal con escombro, grava, vidrio y cartón, así como la construcción de una barda perimetral, en San Cristóbal de las Casas, Chiapas.

Además, aseguró una planta de fábrica de concreto, una excavadora y un generador de electricidad, utilizadas para cubrir los espacios de agua y vegetación dentro del citado predio, ubicado en el polígono del Sitio Ramsar, denominado “Humedales de Montaña María Eugenia».

Personal de la dependencia en Chiapas, en coordinación con elementos de la Policía Ministerial y agentes del Ministerio Público de la Fiscalía Ambiental estatal, dio cumplimiento a una orden de inspección en materia de impacto ambiental, por lo que se presentaron en un terreno localizado sobre Calzada Las Américas, en esa localidad.

Los inspectores encontraron la construcción de una barda perimetral y un relleno con escombro, grava triturada, vidrio y restos de cartón, causando una afectación en una superficie de 12 mil 831 metros cuadrados.

Las obras y actividades fueron realizadas sin contar con la autorización en materia de impacto ambiental, que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), por lo que se determinó imponer como medida de seguridad la clausura total temporal del predio, con el propósito de evitar un mayor daño al ecosistema de humedales de importancia internacional.

El Sitio Ramsar constituye un humedal único de gran importancia para la conservación de la diversidad biológica mundial, lo cual incluye el sustento de la vida humana, al ser espacio de suministro de agua potable.

En los “Humedales de Montaña María Eugenia” habitan plantas conocidas comúnmente como tulares y Cola de Caballo; además, es el hábitat de especies que se encuentran enlistadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, como el pez endémico, denominado comúnmente como Popoyote (Profundulus hildebrandi), y el ave conocida como Chipe Cabeza Plateada (Ergaticus versicolor).

En un comunicado, la Profepa detalló que ambas especies se encuentran en Peligro de Extinción e informó que la Ranita Arbícola (Plectrohyla pycnochila) y la Rana Ladrona (Eleutherodactylus glaucus) son especies Sujetas a Protección Especial.

Los responsables de haber realizado obras y actividades de competencia federal sin contar previamente con la autorización de impacto ambiental que otorga la Semarnat podrán hacerse acreedores a una multa por el equivalente de 30 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización, de conformidad con lo establecido en el artículo 171, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).