La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los recursos no erogados por los partidos políticos en los 90 días de campaña deberán ser reintegrados por los partidos a la Tesorería de la Federación.

Esto, al rechazar una impugnación interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) que buscaba revertir los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) y proponía emplear los fondos asignados sobrantes en el pago de multas impuestas a partidos por el órgano electoral.

El pleno de la sala indicó que el remanente no ejercido o no comprobado del financiamiento público; es decir, las prerrogativas, debe ser reintegrado, para evitar su uso en cuestiones ajenas a las establecidas de origen.

Se busca evitar que los partidos puedan reprogramar o redistribuir dicho recurso para cumplimentar fines distintos a los que permite constituir el fondo de reserva”, sostuvo el magistrado Felipe Andrés Fuentes.

El TEPJF consideró que la petición del tricolor es infundada, pues no atiende a la finalidad de garantizar los derechos de terceros frente a compromisos de pago adquiridos por los entes políticos.

Tiene que ver con no generar incentivos que se convierte en una forma un tanto conveniente para los partido políticos de incumplir la normatividad, y ese incumplimiento, finalmente se acabe generando sanción y esa sanción se acabe pagando con recursos públicos”, señaló Vargas.