La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró discriminatorio excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Durante su sesión del miércoles, el pleno de la Segunda Sala del Alto Tribunal aprobó por unanimidad el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, y determinó que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas en el IMSS.

Dejar fuera el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer, pues estadísticamente la labor del hogar es realizada preponderantemente por ellas, señalaron.

Los ministros agregaron que el trabajo doméstico ha sido tradicionalmente objeto de condiciones inadecuadas, extensas jornadas y bajos salarios, expuesto a condiciones que están lejos del concepto de trabajo digno.

Tal tratamiento impide al trabajador doméstico la oportunidad de un acceso real a prestaciones sociales que les permitan encontrarse protegidos contra circunstancias e imprevistas que afecten sus medios de subsistencia e ingresos, así como generar un proyecto de vida en condiciones igualitarias.

Programa piloto

Por su parte, el director general del IMSS, Germán Martínez Cázares, instruyó a la Dirección de Incorporación y Recaudación de esta dependencia, iniciar el diseño de un programa piloto para la incorporación de las empleadas domésticas a este régimen de seguridad social.

En un video en redes sociales, el funcionario aseguró que se acatará de inmediato y puntualmente la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de incluir al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a este gremio, en su mayoría integrado por mujeres.

El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las puertas abiertas para todas y para todos sin distingos y sin privilegios”, aseveró el funcionario.