Este martes, el pleno de la Cámara de Diputados recibió la minuta del Senado con el que se permite el uso lúdico de la marihuana para turnarla a las comisiones unidas de Justicia y Salud, para su aprobación y así como a las de Derechos Humanos y de Presupuesto y Cuenta Pública para emitir una opinión.

En sesión semipresencial, la Mesa Directiva de la cámara baja turnó a comisiones la minuta que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Algunos de los puntos más relevantes del nuevo dictamen son la despenalización del uso lúdico del cannabis y la posesión de hasta 28 gramos para autoconsumo, sin ser objeto de sanción alguna.

Sus objetivos son regular el uso del cannabis y sus derivados bajo el enfoque de salud pública, derechos humanos y desarrollo sostenible, prevenir y combatir las consecuencias del consumo problemático del cannabis psicoactivo y contribuir a la reducción de la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico, fomentando la paz, la seguridad y el bienestar individual y de las comunidades.

También, el de almacenar, aprovechar, comercializar, consumir, cosechar, cultivar, distribuir, empaquetar, etiquetar, exportar, importar, investigar, patrocinar, plantar, portar, tener o poseer, preparar, producir, promover, publicitar, sembrar, transformar, transportar, suministrar, vender y adquirir bajo cualquier título, según los usos legalmente permitidos del cannabis psicoactivo y sus derivados, así como del cannabis no psicoactivo.

En tanto, precisa que corresponde al gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y de las autoridades competentes, el control y la regulación de los actos inmersos en el objeto de la Ley, Normas Oficiales Mexicanas y en las disposiciones aplicables; en el mismo sentido, las autoridades de las entidades federativas, alcaldías de la Ciudad de México y municipios tendrán la intervención que la reglamentación les señale en la materia.

Con la nueva disposición se crea el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, para ejercer la rectoría sobre la cadena productiva del cannabis y sus derivados, y su consumo.

El pasado jueves, el Senado de la República aprobó este dictamen en el que se amplía de 5 a 28 gramos la posesión para autoconsumo, es decir, despenalizada y que no amerita sanción. De 28 a 200 gramos se convierte en posesión simple y amerita sanciones administrativas o multas; de 201 gramos a 28 kilos, se le considera posesión para narcomenudeo y de 28 kilos en adelante, se considerará narcotráfico.

Al ya existir un ordenamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ordena al Congreso de la Unión para legislar sobre la materia antes del 15 de diciembre, la aplicación de la despenalización de la marihuana será inmediata

Por ello, las autoridades estatales tendrán que actualizarse y que los policías no podrán multar, detener o sancionar a una persona que sea detenida en posesión de hasta 28 gramos de marihuana.

El consumo adulto de mariguana en domicilios se podrá realizar siempre y cuando no haya menores de edad, pero queda prohibido en áreas de trabajo, públicas o privadas.

Por último, el consumo para fines médico, farmacéutico o paliativo se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Salud.

Con información de la redacción