Con el objetivo de disminuir los contagios y hospitalizaciones de Coronavirus (COVID-19), el Gobierno capitalino informa que del 7 de diciembre de 2020 al 15 de enero de 2021 se suspende la atención al público, así como términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos, que se gestionan ante Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades de la Administración Pública y Alcaldías de la Ciudad de México, por lo que los días comprendidos en ese periodo se considerarán inhábiles.
Así lo establece el Décimo Primer Acuerdo por el que se suspenden los términos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos, trámites y servicios de la Administración Pública y Alcaldías de la Ciudad de México, para prevenir y controlar la propagación del COVID–19, que se publicó en una edición BIS de la Gaceta Oficial del 4 de diciembre.
Por lo anterior, autoridades competentes podrán habilitar días y horas dentro del periodo señalado en los casos que consideren de atención urgente o relevante para realizar todo tipo de actuaciones y diligencias dentro de los procedimientos administrativos en proceso.
Cabe resaltar que durante la suspensión no correrán plazos ni términos para las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y las 16 Alcaldías, así como para las demás autoridades que, en ejercicio de sus atribuciones resulten competentes en cualquier asunto relacionado con los servicios del SUAC.
El Gobierno capitalino reitera, además, que las labores presenciales en corporativos y oficinas del sector privado se reanudarán hasta que el Comité de Monitoreo determine que el color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México se encuentre en verde por lo cual deberá privilegiarse el trabajo a distancia.