Cuba y México han firmado el quinto protocolo adicional al acuerdo de complementación económica número 51, un pacto que simplifica el procedimiento de emisión de certificados de origen en papel.

Además, favorecerá la emisión y recepción de estos documentos en un contexto afectado por el coronavirus, manteniéndose hasta que las partes puedan tener las condiciones para poner en marche el formato digital.

Los Plenipotenciarios de los Estados Unidos Mexicanos y de la República de Cuba acreditados por sus respectivos Gobiernos, según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), TENIENDO EN CUENTA lo establecido en los incisos d) y f) del Artículo 22, así como en el Artículo 23 del Acuerdo de Complementación Económica N° 51;

Mercancía producida enteramente en el territorio de una o ambas Partes que cumpla con un valor de contenido; Para las mercancías comprendidas en los Capítulos 01 al 27 del Sistema Armonizado, el párrafo anterior sólo se aplicará si el o los materiales no originarios utilizados en la producción de dichas mercancías están clasificados en una subpartida diferente a la de la mercancía para la cual se está determinando el origen, de conformidad con el Anexo III; o E. Sea una mercancía elaborada utilizando materiales no originarios, siempre que resulten de un proceso de producción, realizado enteramente en el territorio de una o ambas Partes, de tal forma que la mercancía cumpla con los requisitos específicos de conformidad con lo establecido en el Apéndice 1 al Anexo III. 5. En el espacio reservado para la razón social, sello y firma del exportador o productor, indique además la dirección (incluyendo teléfono, fax y localidad) del mismo. Este espacio deberá ser llenado por el exportador o productor, su representante legal o apoderado, indicando nombre y firma autógrafa de la persona responsable y la fecha en que el certificado se llenó y firmó. 6. En el campo OBSERVACIONES deberá indicar el nombre completo, denominación o razón social, dirección (incluyendo teléfono, fax y localidad) y País del importador. Además, si ese es el caso, deberá indicar que las mercancías serán facturadas por operadores comerciales de un tercer país, indicando el nombre o razón social y domicilio del operador que facture la operación a destino. 7. El campo CERTIFICACION DE ORIGEN deberá ser llenado por la autoridad competente de la Parte exportadora, indicando la fecha en que se expide el mismo, nombre y firma autógrafa del funcionario autorizado y sello de la entidad.