La Corte Internacional de Justicia (CIJ) desestimó la petición de medidas provisorias urgentes presentada por México contra Ecuador tras la incursión de fuerzas ecuatorianas en la embajada mexicana en Quito el pasado abril. El incidente, que culminó con la detención del exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas, asilado en la misión diplomática, provocó una ruptura de relaciones entre ambos países.
El presidente del tribunal, el juez Nawaf Salam, anunció que la Corte, de manera unánime, determinó que «las circunstancias actuales no justifican el ejercicio de su facultad de indicar medidas provisionales». Esta resolución surge en respuesta a la solicitud mexicana del 11 de abril, la cual incluía varias demandas dirigidas a garantizar la seguridad y la integridad de la embajada y su personal.
El 5 de abril, fuerzas de seguridad ecuatorianas irrumpieron en la embajada de México en Quito, arrestando a Jorge Glas, quien se encontraba asilado. Glas, vicepresidente durante el mandato de Rafael Correa, había sido condenado por malversación de fondos y buscó refugio alegando persecución política. La operación provocó una ruptura diplomática entre México y Ecuador.
México reaccionó solicitando a la CIJ que ordenara a Ecuador la protección de los archivos de la embajada y permitiera el desalojo de las residencias diplomáticas. Además, pidió que Ecuador se abstuviera de cualquier acción que pudiera agravar la disputa y que presentara disculpas formales, sugiriendo incluso la suspensión de Ecuador de la ONU hasta que se cumpliera esta demanda.
Durante las audiencias del 30 de abril y el 1 de mayo, las delegaciones de ambos países presentaron sus argumentos. Alejandro Celorio, representante de México, afirmó que la incursión armada «debe tener consecuencias» y acusó a Ecuador de cruzar líneas del derecho internacional. Por su parte, Andrés Terán Parral, agente de la delegación ecuatoriana, argumentó que la acción se produjo en «circunstancias muy excepcionales», justificando la operación debido al riesgo de fuga de Glas.
El presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, defendió la acción, afirmando que no sentía «cero arrepentimiento» por haber ordenado la incursión, justificándola por el temor de que Glas escapara del país.
La decisión de la CIJ de no otorgar las medidas provisorias solicitadas por México deja abierta la necesidad de una resolución diplomática entre ambos países. La Corte ha dejado claro que, aunque no se justifiquen medidas urgentes en este momento, la disputa principal sobre la legitimidad del asilo y la incursión podría seguir adelante en un proceso regular.
Mientras tanto, la situación ha dejado un impacto significativo en las relaciones diplomáticas entre México y Ecuador, subrayando la complejidad de las situaciones de asilo político y el respeto a las inmunidades diplomáticas.
La comunidad internacional sigue de cerca el desarrollo de este caso, que podría sentar precedentes importantes sobre la aplicación del derecho internacional en contextos de crisis diplomáticas y asilo político.