Gerardo Moreno García, juez de control federal del Reclusorio Norte en la Ciudad de México, impuso una multa de 80 mil 600 pesos en contra del director del Centro de Rehabilitación Número Uno de Aquiles Serdán, Juan Martín González Aguirre.

Lo anterior por la negativa de trasladar hasta aquel centro penitenciario, a los coimputados Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, Enrique Tarín García y Gerardo Villegas Madriles, procesados por el delito de peculado dentro de la causa penal 780/2017.

Una vez notificado y de resistirse a permitir el traslado, se le impondrá otra multa por 160 mil pesos, medidas de apremio que podrían llegar al arresto y/o a ser sometido a proceso penal, él y sus superiores, por el delito de desacato a una orden judicial, explicó el abogado Javier López García defensor de Alejandro Gutiérrez.

Explicó que el Décimo Tribunal Colegiado en materias Penal y Administrativa en la ciudad de México, ya concluyó lo que era el conflicto competencial, de tal suerte que ahora al que le toca darle cumplimiento es al juez especializado en el tema acusatorio con sede en el Reclusorio Norte, dijo.

“Este juez ordenó el día de ayer lunes la imposición de una multa para el director del Cereso en Aquiles Serdán, al no cumplir con su mandato.

Agregó que debido a que anteriormente se le había hecho un apercibimiento a Juan Martín González, y como no cumplió, se le sancionó económicamente.

La Ley prevé una serie de medidas de apremio, como pueden ser la multa, el arresto, el uso de la fuerza pública, y el juez en la medida en que no cumplan su determinación pues las hará valer y nosotros promoveremos justamente eso, puntualizó el abogado López García.

“Nosotros pediremos que se agoten las medidas de apremio, y como digo, están en el catalogo el uso de la fuerza pública, incluso podría hacerse acreedor a una sanción penal, él o sus superiores jerárquicos, ya que existe el delito de desacato a un mandato judicial”, advirtió el defensor particular.

“Nos parece sorprendente que a pesar de los apercibimientos y a la posibilidad de que se imparta justicia a distancia en los diversos procesos, las autoridades de Chihuahua no cumplan a cabalidad con una resolución judicial federal”, expresó López García.

El litigante manifestó que el tema del conflicto de competencias, por la causa penal 780/2017, ya está dilucidado por el Décimo Tribunal Colegiado y en consecuencia –dijo– su cliente tiene que ser trasladado y puesto a disposición del juez de Control Federal del Reclusorio Norte en la Ciudad de México.

No obstante, las autoridades locales impiden el traslado de “La Coneja” cuando el fondo del asunto es que sea juzgado por los dos procesos, “nosotros no queremos impedir ello”, subrayó.

Y agregó: “No es una cuestión de obstinación por parte de nosotros, pero me parece que es necesario acatar las resoluciones que se dictan en los más altos tribunales del país, si no respetamos eso, entonces no existe el Estado de Derecho y no hay respeto a las instituciones”,  puntualizó.