El Partido Morena y la oposición en el Senado llegaron a un acuerdo, con lo que la madrugada de este viernes el pleno aprobó en lo general y lo particular la Ley Federal de Revocación de Mandato, la cual establece que la ciudadanía puede retirar del cargo a cualquier funcionario o servidor público electo, ya sea del Poder Ejecutivo o Poder Legislativo federal.

En este caso, la revocación estará dirigida al presidente de la república.

También se modificó la pregunta para la consulta.

Después de 15 horas de sesión, los legisladores de todos los partidos aceptaron la pregunta:

¿Estás de acuerdo en que a (nombre). Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?

Las respuestas serán:

Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza

Que siga en la Presidencia de la República

Después de ocho horas de receso, la presidenta de la Mesa Directiva, Olga Sánchez Cordero, reinició la sesión cerca de la media noche, donde los grupos parlamentarios se manifestaron a favor de la addenda para reformular la pregunta, 29 de los 60 artículos de la legislación y los 5 artículos transitorio.

De última hora, el coordinador del Partido Morena, Ricardo Monreal, retiró la reserva propuesta por Sánchez Cordero para que el presidente tuviera el derecho de opinar e informar acerca de la continuidad en su encargo, esto, explicó con el fin de evitar que a ley se judicialice.

Los legisladores aprobaron que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato y se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público y del financiamiento privado para la realización de sus actividades ordinarias permanentes o sus actividades tendientes a la obtención del voto con el propósito de influir en las preferencias de los ciudadanos.

Además, el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

El INE deberá iniciar la difusión de la consulta al día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual concluirá hasta tres días antes de la jornada electoral.

La promoción del instituto deberá ser objetiva, imparcial y con fines informativos. De ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de la revocación de mandato.

La jornada de revocación de mandato se celebrará el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales federal o locales.