Al no reunir los elementos suficientes para sustentar los agravios en su contra para evitar que se le negara en el Instituto Estatal Electoral el registro para convertirse en partido político local, la asociación civil denominada Ciudadanos Hidalguenses en Acción, el Tribunal Electoral del Estado, declaró como infundada la impugnación.
En sesión pública del pleno del TEEH, celebrada este miércoles, el magistrado presidente del organismo electoral Manuel Alberto Cruz Martínez, quien tuvo a su casi el análisis del expediente TEEH-JDC-026/2017, presentado por J. Dolores López Guzmán, y la resolución del mismo, refirió que al no acreditar todos los agravios, de determino calificarlos como infundados, por lo cual dicha agrupación se queda sin posibilidad de registro.
“Por lo que respecta a la manifestación del actor en el sentido de que la omisión de la responsable de no atender algunas peticiones, coloca a la asociación civil Ciudadanos Hidalguenses en Acción en una condición susceptible de sanción por parte de los órganos federales encargados de la fiscalización de los recursos y al no tener acceso al sistema integral de fiscalización, este órgano jurisdiccional estima que se declare el agravio infundado”.
El funcionario electoral, añadió que en autos obran documentos, donde se acredita que los responsables de realizar las actuaciones de manera continua con el objetivo de normativizar el tema de las agrupaciones ciudadanas que pretendan convertirse en partidos políticos locales y prueba de ello es que desde el pasado 21 de abril los actores contaban con un parámetro establecido, mismos que le fueron notificados a la parte actora el 25 del mismo mes, donde se le solicitaron ciertos requisitos que no se cumplieron.
De acuerdo con el magistrado presidente por lo anterior los puntos resolutivos fueron que en términos de los razonamientos lógico-jurídicos en la sentencia se declaran infundados los derechos hechos valer en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
Lugo de la aprobación unánime de los magistrados que conforman el pleno del TEEH, se determinó que la resolución se notifique personalmente a la parte actora que en este caso estuvo representada por J. Dolores López Pérez, y por oficio, a la autoridad señalada como responsable de haber negado el registro a dicha agrupación civil para ser partido político local.