El Nuevo Sistema de Justicia Penal tiene una percepción negativa debido a que es un Sistema de lo que se conoce como hipergarantista, es decir, cada vez les dan más derechos a los ciudadanos, incluso a los que cometen delitos, en este caso “es la mala percepción que se ha ocasionado a la sociedad”.
De acuerdo con Alberto Zenteno Meza, maestro en Derecho Penal, la apreciación mala de este sistema es donde se conoce como aplicación de medidas cautelares como la de prisión preventiva, que es la que se estaba acostumbrado en el anterior sistema: todos los asuntos que llegaban con esa pena automáticamente se aplicaba la prisión preventiva, y en el caso de los delitos no graves obtenían su libertad con el pago de una fianza.
Pero, en el nuevo sistema de justicia penal se cuentan con 14 distintas medidas cautelares en el articulo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, entre las cuales destacan: firmar cada semana o mes; no salir del país; no acercarse a determinados lugares o personas; apegarse a un programa de ayuda de adicciones; embargo de cuentas, garantías económicas; aunque de todo estas medidas, el Estado tiene trece posibilidades antes de llegar a la prisión preventiva.
Por lo tanto, el Ministerio Público debe justificar para que haya prisión preventiva, que las personas detenidas son peligrosas, que cometieron robos con actos violentos y de esa forma que está en peligro la víctima.
El sistema penal de justicia -explica el catedrático de la Escuela Libre de derecho (ELDP)- “descansa” en las acciones que realiza la policía desde que arriba al lugar del hecho o hallazgo, las primeras diligencias que realiza son determinantes bajo los principios de seguridad jurídica, “ósea que hagan de a cuerdo a la ley lo que les indica, y si no lo hacen en apego y estricto a la ley, lo que va a suceder es que se convierte en una prueba ilícita o ilegal, por lo tanto, en muchas veces salió una persona de prisión. Eso genera una percepción negativa”, puntualiza.
En tanto, el siguiente filtro es la institución del Agente del Ministerio Público, quien tiene la función de qué técnica y jurídicamente tiene que plantear una acusación ante un juez penal para acreditar los extremos de que se cometió un hecho que la ley estipula como delito, la probable participación en este delito y la afectación a una víctima.
“Cuando se dan estos supuestos, la persona queda vinculada a proceso, es decir, se le va a seguir un proceso penal”, apunta.
Gobiernos “satanizan” el sistema
Zenteno Meza lamenta que los ejecutivos de los estados hayan satanizado el sistema porque dicen que la nueva forma judicial “les permiten salir a los delincuentes”, pero no es así, sino que los agentes del MP previamente tienen que justificar la necesidad de que las personas estén en prisión preventiva, porque algunas personas cometen algún delito por adicción a las drogas, lo detienen y no es un delito por el que tenga que ver una prisión preventiva pero depende del Ministerio Público si lo dejan ahí o no al acreditárselo al juez.
Y es que sostiene que hay personas que entran a prisión por el robo de algo menor, una cadena, celular u otras cosas de ese nivel, y estando en el Cereso aprende a robar de mayor magnitud o a extorsionar; por lo tanto el sistema privilegia otro tipo de salida que no sea preventiva.
“Lo único que han hecho las prisiones son reproducir delincuentes más violentos. Cada vez se vuelven más violentos en las cárceles”, precisa.
Añade que el país esta atravesando una crisis de seguridad y una crisis humanitaria que es vista desde el exterior por la comunidad internacional, como gravísima, por las muertes, impunidad y corrupción.
El académico asegura que el sistema de justicia no abate la delincuencia, sino que hace es juzgar si se cometió un delito o no. “El problema no es del sistema acusatorio, el problema es de la seguridad pública”, matiza.