La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), dio a conocer el listado de sustancias prohibidas para los animales que son utilizados para consumo humano, lo anterior con el objetivo de proteger la salud de los ciudadanos y el bienestar de los propios animales.
Personal de Sagarpa, que atiende las regiones agropecuarias de Teziutlán, Tlatlauquitepec y Zacapoaxtla, informó que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) emitió el Acuerdo por el que se da a conocer el listado de sustancias o productos prohibidos para uso o consumo en animales destinados al abasto.
El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) contiene un listado de 32 sustancias que no deben utilizarse para el consumo de los animales, medida que se suma a las acciones que realiza el Senasica para evitar la resistencia a los antimicrobianos, pues 16 de las sustancias que contiene el listado son antimicrobianos; tres promotores hormonales; tres promotores Beta-Agonistas; cinco antiparasitarios; dos colorantes y un promotor arsenical, considerados como carcinogénicos; un antihistamínico Alfa-Agonista y un anticoagulante.
Entre las sustancias prohibidas destacan el clenbuterol, los pigmentantes sintéticos del grupo de los sudanes y el carbadox, que está prohibido para todos los porcinos adultos, y para todas las edades de las demás especies animales destinadas para el abasto, en apego a la disposición legal aplicable.
Se dio a conocer a los ganaderos de la región, que la Ley tipifica como delito que será sancionado con prisión de tres a siete años y multa de diez mil a cincuenta mil días de salario mínimo, a las personas que ordenen el suministro o suministre a animales destinados al abasto alguna sustancia o alimento prohibido, de igual manera, será objeto de sanción quien importe, posea, transporte, almacene, comercialice o realice actos con cualquier sustancia cuyo uso esté prohibido para alimentación de animales.