Por la inasistencia de los consejeros electorales a la reunión de trabajo con los diputados, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso del estado, José Juan Espinosa Torres, emitirá una queja ante el Instituto Nacional Electoral (INE), en contra de los integrantes del órgano comicial no haber comparecido. 

Con base al artículo 228 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se mandará la queja y de no responder a una segunda cita, los consejeros electorales tendrán una amonestación como parte de la Ley de Responsabilidades  de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, así lo dictaminó por unanimidad la Comisión Especial para el Análisis y Seguimiento de la Elección a Gobernador del Estado de Puebla en el Congreso, organismo que emitió la invitación de la comparencia de los siete consejeros del IEE y de los tres magistrados del TEEP.

La comparencia de autoridad jurisdiccional y administrativa electoral tendría como objetivo el informar sobre el  Proceso Electoral Ordinario 2017- 2018 en el Estado de Puebla, así como de las resoluciones de la Jornada Electoral del día primero de Julio de dos mil dieciocho y las resoluciones en la Etapa de Cómputos y Declaración de validez de la elección a gobernador de Puebla.

El artículo 228, precisa “en el supuesto de que alguno de los servidores públicos no comparezca ante el Pleno o no acudan ante la citación de la Comisión respectiva, o, en su caso, no conteste satisfactoriamente los cuestionamientos y dudas de los Diputados, podrán solicitar al Presidente de la Mesa Directiva o al Presidente de la Comisión Permanente, según sea el caso, que se dirija en queja al superior jerárquico del servidor público requiriendo que satisfaga dicha omisión. En caso de que persista la omisión, el Congreso del Estado presentará queja, de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla”.

 

Imposibilitados para acudir, informaron consejeros

En su oportunidad, a través de un comunicado institucional, los consejeros  electorales dieron a conocer que que en virtud de que la elección en este momento se encuentra en periodo de instrucción en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, no podrán acudir a la cita para este 30 de octubre.

En este documento que comprende de cuatro párrafos, justificaron su inasistencia a la comparecencia, al citar que de acuerdo al artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, el TEPJF es la última instancia en materia electoral para pronunciarse respecto a la validez de la citada elección.

Asimismo, los consejeros le responden a los diputados el escrito del organismo colegiado que artículo 8 del Código Electoral Local define esta independencia como “La capacidad irrestricta del Instituto para cumplir con la función encomendada por sí solo, sin intervención alguna de los órganos del poder público”, de lo cual se desprende que la autonomía constitucional es absoluta en relación a los poderes del estado y no existe normatividad que establezca subordinación o rendición de cuentas ante alguno de ellos.

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