Lejos de conseguir justicia por el desenlace de una cirugía gastrectomía conocida como manga gástrica practicada a su esposo y que desembocó en que este quedara en estado vegetativo, la señora Yunuen “N” fue arrastrada a una marejada de actos cuestionables de sus abogados y posiblemente de autoridades judiciales, para pretender responsabilizar al médico tratante Gustavo Zenteno Güichard.

Ahora, el caso está perdido para la familia del paciente –quien es una auténtica víctima y lamentablemente lo volvieron a victimizar- por esa negligencia y falta de ética.

Esto, luego de que el Juez de Control Aarón Hernández Chino, determinara el pasado martes no vincular a proceso a Zenteno Gúichard, por los delitos de responsabilidad médica y lesiones en agravio del señor Eduardo “N”, al no existir en la carpeta de investigación, elemento alguno que hiciera presumir su responsabilidad en el estado actual de éste, o que hubiera realizado una mala práctica, con lo que quedó demostrada la inocencia de dicho profesionista en los hechos.

Por el contrario, quedaron evidenciadas falsedades y posibles excesos en el ejercicio de las atribuciones, tanto de servidores públicos como de los médicos que dictaminaron por parte de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico (Cesamed), que se centraron en aprehender y perjudicar al médico como un “chivo expiatorio”, y obtener un beneficio económico más allá de buscar la verdadera causa del estado en que se encuentra el paciente.

Todo ese teatro se cayó, cuando el Juez Hernández Chino puso en evidencia ese universo de presuntas ilegalidades que incluso pueden dar lugar a detener, pero no al imputado, sino a los médicos externos de la Cesamed que pretendieron evidenciar una mala praxis sin sustento alguno.

Víctor Hugo Rojas/Síntesis.

La historia:

Al médico Gustavo, quien tiene su consultorio en el conocido Hospital Puebla, con fecha 21 de marzo del 2019, le fue librada una orden de aprehensión por los delitos de responsabilidad médica y lesiones culposas en agravio de Eduardo “N”, dentro de la carpeta administrativa judicial número 89/2019/Cholula. Ello derivado de que la esposa de este último, Yunuen “N” –mal asesorada por sus abogados-, denunció ante la Fiscalía General del Estado, que el 9 de junio de 2016, el citado médico incurrió en una mala praxis durante la cirugía de manga gástrica que le practicó al paciente.

Dicha acusación se soportó en hechos inexistentes, y sobre todo en un dictamen médico de la Cesamed, firmada por dos médicos que incurrieron en falsedades y supuestos, que, con total falta de ética, pretendieron inculpar al doctor Zenteno.

Un primer hecho fue el obtener una orden de aprehensión en contra del médico que en derecho es totalmente improcedente, pero que, para justificarla, las autoridades investigadoras establecieron falsamente que el médico imputado desmontó su consultorio y se dio a la fuga desde 2016, cuando supo del problema legal –lo cual es falso porque desde hace años no ha dejado de dar consulta en el hospital mencionado.

Al percatarse de tal arbitrariedad y antes de ser detenido injustamente, el médico señalado compareció ante la autoridad judicial para hacer valer su derecho de defensa y en audiencia que se prolongó hasta el 30 de abril pasado, evidenció el exceso de las autoridades respecto a su intención de sustraerse a la acción justicia, demostrando que nunca ha huido, sino que hasta la fecha sigue atendiendo ininterrumpidamente en su mismo consultorio y hospital.

En segundo lugar, durante la audiencia inicial derivada de la imputación que realizó el Agente del Ministerio Público, el juez determinó no vincular a proceso al imputado, al considerar la inexistencia de elementos que pudieran involucrarlo en los hechos, resaltando la falta de una lógica entre la versión del citado representante social con la de los asesores de la víctima, y las falsedades del dictamen realizado por los médicos externos de la Cesamed, Ernesto Salgado Sánchez y Gustavo Ernesto Theruel Vicent, quienes se empeñaron en manifestar que el doctor Gustavo no contaba con las certificaciones correspondientes, que no existe un expediente clínico completo, ni autorización de la víctima para la cirugía.

Pero además, Ernesto Salgado Sánchez, en un posible afán de inducir a la autoridad judicial al error, si bien es cierto refirió que la cirugía practicada por el imputado fue la adecuada para solucionar el problema de salud del paciente, también consideró inadecuada la técnica empleada para sellar el bazo que posteriormente sangró y que es la causa del estado actual del paciente, argumentando que el bisturí armónico empleado tiene limitante de sólo ser útil en vasos sanguíneos de máximo 5 milímetros, pero sin sustentar que en el caso concreto se estuviera en otro supuesto; todo lo cual el citado Salgado Sánchez afirmó sin que esa información obre en el expediente que analizó; es decir, pudo haber falseado la información con la que pretendió dar sustento a su manipulada opinión.

Por lo todo ello, el Juez, al no encontrar primero responsabilidad en el médico Zenteno Güichard en la práctica de su cirugía, ni una relación directa entre la lesión de la víctima y su estado actual, determinó no vincular a proceso al médico señalado, con lo se confirmó su inocencia de la acusación que se le hizo, al no haber ningún elemento que demostrara lo contrario.

La historia no termina ahí, pues, los médicos de la Cesamed podrían enfrentar cargos por las posibles ilegalidades que señalaron dentro del dictamen realizado, por lo que se espera la continuidad de los hechos.

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