Perla Gómez Gallardo[1]
En nuestro país, la exigencia de los derechos pasa por el ejercicio del derecho a la manifestación (el derecho a la protesta tiene otra connotación y objetivos), ver una calle cerrada o un conglomerado de personas pasa por evidenciar un fracaso institucional de dejar de atender los reclamos antes de que se expresen en el espacio público. Cuando la autoridad deja de dar respuesta a una exigencia, la sociedad ya aprendió que la mejor manera de llamar la atención y visibilizar su indignación en afectando la libertad de tránsito de otras personas.
Pareciera que quienes le violan el derecho a la libertad de tránsito son las personas que se manifiestan, esto está alejado a la verdad. Quienes generan la afectación son las omisiones de las autoridades que fomentan este tipo de expresiones ante el clamor de cualquier tipo de necesidad que deja de ser atendido. Así, debemos identificar que las violaciones a derechos humanos siempre son materializadas por la autoridad por acción, pero también por omisión.
Cuando se presenta la colisión de dos derechos, en este caso el de la libertad de manifestación, frente a la libertad de tránsito, lo ideal es que no se llegue al cierre de vialidades por atender con oportunidad los temas que plantean el grupo o comunidad afectada, de no lograrse, es obligación de la autoridad armonizar el ejercicio de ambos derechos. El exceso se presentaría si so pretexto de permitir el tránsito se reprimiera (y peor aún se criminalizara o se hiciera uso excesivo de la fuerza) las manifestaciones sociales, tampoco debiera ser tolerable que la autoridad simplemente deje de atender las necesidades de la población que requiere transitar para realizar sus actividades cotidianas, es aquí en donde es viable equilibrar los impactos que se pueden llevar a cabo es espacios estratégicos (aeropuertos, vialidades principales, etc.) en donde se hagan mutuas concesiones para ejercer ambos derechos de manera equilibrada.
Armonizar implica que si bien se hará la manifestación esta no debe ser bajo ningún concepto violenta (la violencia no comunica, su expresión es la descalificación inmediata de cualquier causa y desvía la atención de la exigencia original para centrase en las víctimas de lesiones o daños en su propiedad), además de repudiar la radicalización de estas, sobre todo cuando impiden el tránsito de ambulancias y no diferencias las necesidades particulares que pueden ser excepciones para permitirles transitar. Lo anterior de la mano de la exigencia de mesas de diálogo y la atención adecuada de las exigencias para que no sea necesario el cierre de las vialidades por los derechos que se quieren defender.
En el caso de las personas que transitan, deben ceder que de manera temporal es más conveniente no usar sus vehículos por cierre de calles, el uso de más tiempo para llegar a sus destinos (pero si llegar, lo que se cede es destinarle más tiempo por el impacto de la manifestación) y el aviso oportuno de los lugares que tendrán impacto para tomar previsiones e incluso evitar salir o pasar por esos espacios en lo que se atienden los reclamos que los detonan.
Queda claro que, en las sociedades complejas y plurales, es utópico pensar que se evitarán las manifestaciones, pero tampoco se justifica el solo dejar a la sociedad afectada en su libertad de tránsito, cuando lo que queda evidente es que la responsabilidad recae en la autoridad que tienen la doble carga de garantizar ambos derechos y generar las condiciones de armonización que atenúen el impacto en sus ejercicios.
Esta es la apuesta en la generación de sociedades civilizatorias que apuestan al respeto y la exigencia pacífica por encima de la barbarie en los reclamos violentos y la reacción en el mismo tono de quienes se sienten agraviados por quien le impide transitar, cuando, insisto, la autoridad es el eje y causante de las posibles violaciones por acción o por omisión.
X @TPDI
Profesora Investigadora UAM Cuajimalpa. @uamcuajimalpa, @Yo_SoyUAM
[1] Profesora Investigadora Titular C de la Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Cuajimalpa. Catedrática de Licenciatura y Posgrado en la Facultad de Derecho UNAM.