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	<title>Declaración anual &#8211; Síntesis Nacional</title>
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	<description>Sin libre expresión no hay libertad</description>
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	<title>Declaración anual &#8211; Síntesis Nacional</title>
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		<title>El SAT devuelve 4, 716 millones de pesos a contribuyentes</title>
		<link>https://sintesis.com.mx/2018/05/03/sat-devuelve-pesos-contribuyentes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Síntesis]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 May 2018 00:39:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nación]]></category>
		<category><![CDATA[Contribuyentes]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración anual]]></category>
		<category><![CDATA[Es noticia]]></category>
		<category><![CDATA[esnoticia]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[SAT]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, al 22 de abril, se ha autorizado la devolución de 4, 716 millones de pesos.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El servicio de <strong>Administración Tributaria</strong> (SAT) informa que, al 22 de abril, se ha<br />
autorizado la <strong>devolución de 4, 716 millones de pesos</strong> a los casi <strong>2.5 millones de</strong><br />
<strong>contribuyentes</strong> que han representado la <strong>Declaración Anual del ejercicio 2017.</strong></p>
<p>La cantidad de declaraciones con <strong>saldo a favor del impuesto sobre la renta se ha</strong><br />
<strong>incrementado</strong> en la misa proporción que el total de las declaraciones y, se espera<br />
un incremento de estas cifras durante los próximos días, ya que, gracias al trabajo<br />
conjunto con el sector privado, <strong>los patrones han venido subsanando las</strong><br />
<strong>inconsistencias en el timbrado de sus nóminas.</strong></p>
<p>Si algún contribuyente tiene dudas respecto del monto del saldo a favor que se le<br />
determino, <strong>puede ingresar a la aplicación a verificar nuevamente su información</strong> y,<br />
en caso necesario, presentar una declaración complementaria y, si es el caso,<br />
recibir el remanente.</p>
<p>La <strong>Declaración Anual se presenta por Internet</strong> y también por este medio se puede<br />
obtener asesoría a través del chat, no obstante, si se requiere atención<br />
personalizada <strong>se puede agendar una cita y acudir a las oficinas</strong> que de abril de<br />
<strong>08:00 a 15:00 horas</strong> y el lunes <strong>30 de abril de 08:00 a 20:00 horas</strong> o hasta que se<br />
atienda al último contribuyente.</p>
<p>La fecha límite para que los contribuyentes obligados <strong>presenten su declaración es</strong><br />
<strong>el lunes 30 de abril.</strong> En general, los asalariados que percibieron ingresos de un<br />
solo patrón y además tuvieron ingresos por intereses <strong>menores de 20 mil pesos</strong> al<br />
año, pueden optar por no declarar o declarar en cualquier momento. El detalle se<br />
puede consultar en el portal del SAT.</p>
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		<title>Amplia SAT plazo para presentar declaración anual de personas físicas</title>
		<link>https://sintesis.com.mx/2018/05/02/el-sat-mas-tiempo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Síntesis]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 May 2018 00:38:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nación]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración anual]]></category>
		<category><![CDATA[esnoticia]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[personas fisicas]]></category>
		<category><![CDATA[SAR]]></category>
		<category><![CDATA[SAT]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplía al 15 de mayo el plazo para presentar la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>Servicio de Administración Tributaria (SAT)</strong> informa que, derivado de las<br />
inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina y<br />
en atención al interés de cumplir por parte de los contribuyentes, <strong>se amplía</strong><br />
<strong>al 15 de mayo el plazo para presentar la Declaración Anual del Impuesto</strong><br />
<strong>Sobre la Renta,</strong> de las personas físicas, correspondientes al <strong>ejercicio 2017</strong>.</p>
<p>Este año, por <strong>primera vez</strong> se utiliza la información directamente de los<br />
<strong>comprobantes de nómina para prellenar los ingresos de la Declaración</strong><br />
<strong>Anual</strong> bajo una lógica de servicio, sin embargo se identificó que algunos<br />
patrones presentaron, entre otras las siguientes inconsistencias: captura<br />
errónea de conceptos como primas vacacionales, primas de antigüedad,<br />
ingresos por jubilación, separación e indemnización, diferencias entre lo<br />
reflejado en comprobantes y lo pagado, incongruencia entre los totales de<br />
los comprobantes y subtotales.</p>
<p>Desde julio del año pasado, <strong>el SAT trabaja junto con los patrones sobre</strong><br />
<strong>estas inconsistencias,</strong> a fin de que los contribuyentes puedan declarar, lo<br />
que permitió que <strong>miles corrigieran a tiempo</strong>. Sin embargo existen todavía<br />
patrones que inclusive en abril están ajustando los comprobantes de nómina<br />
que debieron corregir a más tardar en los primeros días de enero.</p>
<p>En tal virtud, y <strong>con el propósito de no afectar a las personas físicas</strong><br />
<strong>obligadas a declarar en abril</strong>, el <strong>SAT</strong> otorga la facilidad para que los<br />
contribuyentes presenten su <strong>Declaración Anual sin actualizaciones ni</strong><br />
<strong>recargos, hasta el 15 de mayo.</strong></p>
<p>Es importante recordar que <strong>las personas físicas</strong> que perciben únicamente<br />
ingresos por salarios <strong>de un solo patrón</strong> <strong>no están obligados a presentar</strong><br />
<strong>declaración anual</strong>, y si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier<br />
momento del año.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Personas físicas pueden hacer declaración anual en 4 minutos</title>
		<link>https://sintesis.com.mx/2017/03/30/personas-fisicas-pueden-hacer-declaracion-anual-en-4-minutos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción Síntesis]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Mar 2017 19:40:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración anual]]></category>
		<category><![CDATA[personas fisicas]]></category>
		<category><![CDATA[Puebla]]></category>
		<category><![CDATA[SAT]]></category>
		<category><![CDATA[Slide]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se estima en 700 mil contribuyentes en Puebla, las personas físicas que presentarán declaración anual en periodos que llevan de tres a cuatro minutos</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Se estima en 700 mil contribuyentes en Puebla, las personas físicas que presentarán declaración anual en periodos que llevan de tres a cuatro minutos, en contraste al 2010 cuando se requería una hora para cargar información “si todo estaba ordenado”, y sino hasta un mes.</p>
<p>Los titulares del Servicio de Administración al Contribuyente del SAT Puebla 1 y 2, Isabel Cota y Oscar García Blancas, dieron a conocer que pasó de 4.6 millones a 13 millones de asalariados que están registrados como personas físicas con información precargada en el portal de la autoridad fiscal.</p>
<p>Se estima en por lo menos 800 mil los causantes a nivel país con saldo a favor de ese universo que se les harán propuesta y el resto de contribuyentes se les presentará la información precargada para determinar que si es deducible o que no.</p>
<p>Confirmaron que la declaración anual del ejercicio fiscal 2016 podrá hacerse vía el portal del SAT (<a href="https://www.sat.gob.mx">www.sat.gob.mx</a>) o MARCA SAT  vía telefónica en el 0155 627 22 728.</p>
<p>Isabel Cota, refirió que las personas físicas con ingresos de 400 mil pesos en adelante deben cumplir la declaración, no así el resto de los contribuyentes con un ingreso inferior, siempre y cuando tengan un solo patrón.</p>
<p>El reembolso de saldo a favor si es que lo solicitan los causantes lo recibirán en cinco días hábiles en su cuenta.</p>
<p>Asimismo, vía el buzón tributario se le notificarían inconsistencias y a través de este podrá responder al mismo</p>
<p>Además, los contribuyentes asalariados con un empleador y que acumulen ingresos por intereses inferiores a 20 mil pesos decidan si declaran o no, están liberados, pero si se quiere presentar no se les obliga a que sea en abril, sino en el transcurso del año.</p>
<p>La factura electrónica permite consolidar una declaración pre-llenada, misma que está precargada en la página del SAT con la información de las retenciones que les hayan hecho personas morales, cargando o no sus comprobantes.</p>
<p>El contribuyente entra a sat.gob.mx y revisa en el rubro de contribuyentes, en asalariados, su propuesta de declaración pre-llenada, iniciando la sesión, dando su RFC y una clave, registrando su buzón tributario, así como confirmando una cuenta bancaria si tiene saldo a favor.</p>
<p>En torno a las multas por omisiones incumplimientos estas pueden consultarse en los Artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación.</p>
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		<item>
		<title>Convoca SAT a presentar declaración anual 2016</title>
		<link>https://sintesis.com.mx/2017/03/29/convoca-sat-a-presentar-declaracion-anual-2016/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Araceli Corona]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Mar 2017 20:36:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración anual]]></category>
		<category><![CDATA[SAT]]></category>
		<category><![CDATA[Tlaxcala]]></category>
		<category><![CDATA[TlaxEsnoticia]]></category>
		<category><![CDATA[TlaxSlide]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Todas las personas físicas que tienen más de 400 mil pesos de ingresos están obligadas a presentar su declaración</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<h5><strong>Foto: Araceli Corona</strong></h5>
<p>&nbsp;</p>
<p>El arranque de la <strong>Declaración Anual 2016</strong>, iniciará en el <strong>mes de abril</strong> y todas las <strong>personas físicas</strong> que tienen más de <strong>400 mil pesos de ingresos</strong> están obligadas a presentar su declaración y en el caso de <strong>Tlaxcala</strong> son aproximadamente 200 mil personas, indicó el administrador desconcentrado de servicios al Contribuyente de Tlaxcala, <strong>Eric Escobar Villa.</strong></p>
<p>En conferencia de prensa, expresó que como en años anteriores la devolución se realizará en cinco días hábiles posteriores a la presentación de la Declaración Anual, aunado a que este año existe una novedad en la que los trabajadores que tienen un solo patrón y e ingresos nominales hasta 20 mil pesos “este contribuyente estaría exento de presentar su declaración anual  de ingresos, entonces la principal novedad es esta, aquellas personas asalariadas que tienen esos ingresos pueden presentar su declaración en cualquier momento del año”.</p>
<p>Además indicó que esto se da por primera vez, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones y que los contribuyentes con ingresos exclusivamente por salarios y saldo a favor igual o menor a 10 mil pesos y cuenta con 25 comprobantes fiscales deducibles con factura, podrán presentar su declaración por teléfono en el marca SAT, 5562722728, “ya no tengo que acudir a las oficinas, estas son las novedades que tenemos”.</p>
<p>En su intervención, Mayra Castellanos García, administradora concentrada de Recaudación de Tlaxcala, indicó que existe información precargada de 13 millones de contribuyentes, así también hay información de contribuyentes con ingresos inferiores a 400 mil pesos.</p>
<p>Explicó que los contribuyentes con este último ingreso no están obligados a presentar la declaración anual, sin embargo, “muchos de estos contribuyentes tienen deducciones personales, que tienen el derecho a que se les regresen, además hay quienes tienen créditos hipotecarios ya sea con instituciones de crédito, con Fovissste e Issste”.</p>
<p>La información de estos contribuyentes también se precargó para que ellos puedan optar por presentarla y que se les devuelvan las deducciones. Considerando que un 95 por ciento de los contribuyentes tiene un solo patrón y son asalariados.</p>
<p>Otra de las bondades del aplicativo, es que ellos construyen el portal del Buzón Tributario y es opcional, “de 800 mil contribuyentes este año se podrá ver en el aplicativo es un saldo a favor determinado por el SAT de manera inmediata”.</p>
<p>Puntualizó que adicionalmente para facilitar la presentación de la Declaración Anual el SAT, la declaración propuesta tiene precargas de información de ingresos, retenciones, pagos provisionales, deducciones personales y deducciones autorizadas, “lo que llevará aproximadamente cinco minutos”.</p>
<p>Comentó que la fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración anual es el 30 de abril, sin embargo, como esa fecha es domingo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo, de acuerdo al artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Busca SAT facilitar declaración anual a contribuyentes</title>
		<link>https://sintesis.com.mx/2017/03/22/busca-sat-facilitar-declaracion-anual-a-contribuyentes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Dolores Michel]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Mar 2017 00:44:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Otros]]></category>
		<category><![CDATA[Declaración anual]]></category>
		<category><![CDATA[Hidalgo]]></category>
		<category><![CDATA[Mecanismos]]></category>
		<category><![CDATA[SAT]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>A partir de hoy entraron en servicio nuevos mecanismos del Servicio de Administración Tributaria</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>A partir de hoy entraron en servicio nuevos mecanismos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para facilitar el cumplimiento de las Personas Físicas en su Declaración Anual, como una aplicación en el portal del organismo con un formato pre llenado para ser solo autorizado, o bien, la facilidad de presentar la misma vía telefónica.</p>
<p>El SAT recordó que quienes obtuvieron salarios de un solo patrón no están obligados a presentar dicha declaración; sólo aquellos que desean obtener una devolución pueden presentarla en cualquier momento del año.</p>
<p>Además, los contribuyentes que no deducirán más de 25 facturas electrónicas podrán hacer el trámite vía telefónica; la <em>e.firma</em> sólo se requerirá cuando existan saldos a favor mayores de 50,000 pesos.</p>
<p>En un comunicado oficial, el SAT detalló que es el primer año en que se ofrece a los contribuyentes un paquete tan completo de facilidades para la presentación de la Declaración Anual 2016 del Impuesto Sobre la Renta.</p>
<p>El uso de tecnología ha elevado la productividad del organismo y facilita a los contribuyentes el cumplimiento, además de vigilar a quienes no cumplan, se dijo.</p>
<p>A partir de este año, se explicó, los asalariados tendrán acceso a una propuesta de declaración que ya contiene su información pre llenada, y en su caso, con un monto de saldo a favor, por lo que solo tienen que revisarla y si están de acuerdo, enviarla. También la podrán presentar vía telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas.</p>
<p>Otras facilidades que tienen los contribuyentes a partir de este año es que pueden enviar su declaración con contraseña; que se puede obtener o recuperar por internet, teléfono o SAT Móvil (a partir de la primera semana de abril); si se tiene saldo a cargo se puede pagar hasta en 6 parcialidades; que las líneas de captura se generan automáticamente, y que desde DeclaraSAT se puede activar el Buzón Tributario para darle seguimiento al trámite de devolución.</p>
<p>La devolución del monto de las deducciones presentadas en un plazo de entre tres y cinco días, a partir del envío de la declaración, fue citada como otra de las ventajas.</p>
<p>Se especificó que las Personas Físicas que obtengan saldo a favor menor a 50 mil pesos, sólo necesitarán su contraseña para que Hacienda les devuelva, siempre y cuando hayan solicitado con anterioridad una devolución y seleccionen la misma cuenta bancaria que ya tiene registrada el SAT.</p>
<p>Finalmente el organismo recordó que los la fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su Declaración Anual es el 30 de abril, pero por ser este día domingo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo.</p>
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