Este jueves, los integrantes de la LXIII Legislatura armonizaron la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala, en el que se dieron a conocer las disposiciones, artículos y demás especificaciones al respecto.
Por unanimidad aprobaron el dictamen con proyecto de decreto para la armonización de la Ley de Archivos del Estado de Tlaxcala que contempla la operatividad y manejo de archivos y documentos de carácter histórico.
Esta ley contempla 107 artículos y diversos capítulos y fracciones, en las que se san a conocer disposiciones de delitos contra los archivos, infracciones administrativas y facultades de la auditoría archivística.
Entre estos, desataca la protección del patrimonio documental del estado, en el que se establecen mecanismos para que el público en general pueda acceder a la información contenida en los documentos que son patrimonio documental del estado.
En tanto que el artículo 78 establece que el patrimonio documental es propiedad del Estado Mexicano y no podrá emplearse ninguna vía de apremio, dictarse mandamiento de ejecución ni hacerse efectivas por ejecución forzosa.
Por otra lado, en la parte de obligaciones, en el artículo diez se especificó que cada sujeto obligado es responsable de organizar y conservar sus archivos de forma ordenada y clasificada.
Además de la operación de su sistema institucional, así como de las determinaciones que emita el Consejo Nacional y el Consejo Estatal.
Asimismo se contemplaron actividades referentes al acervo, actividad archivística, archivos, trámites, archivos históricos y de concentración, archivos privados y de interés público.
Área coordinadora de archivos, operativas, catálogo de disposición documental, ciclo vital, baja documental, conservación de documentos, expedientes físico y electrónico, entre otros.
Refirieron que el sistema institucional deberá integrarse por un área coordinadora de archivos, áreas operativas de correspondencia, archivos de trámite por área o unidad, archivo de concentración y archivo histórico.
Determinaron también que los encargados y responsables de cada una de las áreas, deberán contar con licenciaturas afines o tener conocimientos, habilidades y experiencia acreditada en archivística.
Finalmente, resaltar que dentro de los delitos contemplados se estipuló la pena de tres a diez años de cárcel y una multa de tres a cinco mil veces la Unidad de Medida Actualizada a la persona que sustraiga, oculte, altere, mutile, destruya o inutilice total o parcialmente información y documentos de los archivos.