El Instituto Nacional Electoral (INE) promovió una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para impugnar el Decreto que reduce los tiempos con los que los concesionarios privados de radio y televisión cubren en especie el impuesto respectivo.

El Decreto Presidencial emitido el pasado 22 de abril, que entraría en vigor el 15 de mayo próximo, prevé disminuir los llamados “tiempos fiscales” y, en consecuencia, los tiempos oficiales con que cuenta el Estado bajo el modelo de comunicación política previsto con la reforma constitucional de 2007, basado en garantizar un mínimo de tiempo preestablecido.

Con la medida prevista, los tiempos fiscales de transmisión se reducen de 18 a once minutos diarios para canales de televisión y de 35 a 21 minutos diarios en estaciones de radio.

La controversia promovida por el INE plantea una invasión a las competencias que tiene el Instituto como autoridad única en la administración de los tiempos oficiales que corresponden al Estado en radio y televisión.

Destinados a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales, el cual tiene como finalidad garantizar la equidad en la contienda, el trato igualitario a la difusión de ideas y que la ciudadanía ejerza su derecho a la información en materia político electoral a través del voto informado.

Así, los minutos que se reducen, multiplicados por el número de concesionarios privados, implican que seis mil 34 spots se estarían dejando de transmitir a nivel nacional para dichos fines.

Esta afectación a sus atribuciones deriva de la determinación unilateral del Ejecutivo Federal de disminuir de manera directa los tiempos previstos en el artículo 41, base III, apartado A, inciso a) y g), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en radio y televisión respecto a la materia político electoral.

En la demanda presentada ante la SCJN, el INE plantea que dichos tiempos oficiales conforman en su conjunto y de manera integral un bloque normativo de constitucionalidad que rige el modelo de comunicación política y garantiza que el Estado cuente con un mínimo de 48 minutos diarios.

A fin de que el INE, como autoridad única en su administración, disponga de su totalidad en procesos electorales, así como del doce por ciento de estos minutos en periodo ordinario.

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