Dirigentes de partidos políticos nacionales y locales adelantaron que impugnarán el acuerdo del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), en materia de paridad de género, acusan que el instituto tomó determinaciones sesgadas y fuera de la ley al no garantizar una participación igualitaria, al contrario “hay un exceso y esto enfrentará a los partidos políticos porque ya se violan normas establecidas”.

En conferencia de prensa, estuvieron presentes los partidos políticos nacionales Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN), Verde Ecologista de México (PVEM), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC), además de los locales el Socialista (PS), Alianza Ciudadana (PAC), y Encuentros Social Tlaxcala (PEST), quienes calificaron la acción del ITE “fuera de la ley”, ya que el Congreso del estado, estableció que la paridad de género será que se ocupen candidaturas en un 50 por ciento para hombres y 50 por ciento para mujeres, mientras que los lineamientos del ITE favorecen al género femenino ‘excediéndose’.

Por lo anterior, dijeron que los consejeros del ITE no deben “legislar” con la aprobación de lineamientos que beneficien a mujeres, sino debe haber igualdad de condiciones y además de paridad debe haber legalidad.

El acuerdo del ITE, fue avalado el pasado 30 de octubre y en él aprueban los lineamientos que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes, así como candidaturas independientes para dar cumplimiento al principio constitucional de paridad de género en el estado de Tlaxcala, en el proceso electoral local ordinario 2020-2021 y los extraordinarios que devengan de este.

El presidente del PRI en el estado, Noé Rodríguez Roldán detalló que la adjudicación de candidaturas impares exclusivamente a mujeres, en diversos artículos de los lineamientos establen que “salvo que el número de candidaturas sea impar, la candidatura remanente deberá asignarse a mujer”.

Dijo que esto no sería legal, ya que en al artículo 10 de la LIPEET dice en su párrafo tercero que: “Los partidos políticos, en la postulación de candidaturas, garantizarán la participación efectiva de ambos géneros, sin destinar exclusivamente alguno de ellos en aquellos distritos, municipios o comunidades donde hayan obtenido porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral inmediato anterior, en cada tipo de elección, observando en todo momento el principio de paridad de género en sus vertientes”.

Por lo anterior, expuso que “Se crea un sesgo en la designación de candidaturas para Ayuntamientos” ya que en el artículo 20 fracción IV, incisos a y b) de los lineamientos establece que se harán dos bloques los cuales se dividirán en sub-bloques, quedando cuatro sub-bloques de 15 candidaturas cada uno, es decir, que en cada sub-bloque deberán quedar 8 mujeres y 7 hombres, lo que derivaría en que los partidos tendrían que postular 32 mujeres y 28 hombres; siendo más grave el caso de Presidencias de Comunidad ya que en el artículo 24 inciso a) de los lineamientos también indica que se adjudicaran las candidaturas impares a mujeres, siendo que existen 23 municipios con número impar y en caso de que todos estos sean asignados al género femenino.

Lo anterior, obligaría que los Partidos tengan que postular a 138 hombres y 161 mujeres, “más grave aún es el hecho de que en 3 municipios cuentan con una sola comunidad, es decir, que los partidos estarían obligados a postular mujer, evidentemente no cumpliendo con la paridad de género, dejando la posibilidad que un candidato independiente fuera del género masculino, existiendo una evidente desventaja para los partidos”.

En el caso de la asignación de diputaciones por Representación Proporcional del Congreso del estado de Tlaxcala, atendiendo a la igualdad sustantiva, el Consejo General, para tal efecto se podrá realizar los ajustes necesarios, en su fracción I establece que “… si se encuentra subrepresentada la mujer…, a) se modificará el orden de prelación de las candidaturas registradas…, b) hasta designar las diputaciones necesarias para las mujeres, y en medida de lo posible alcanzar la igualdad”.

A decir del líder priista, “por sí mismo es una clara denostación hacia el género, ya que no les atribuyen la capacidad de ganar diputaciones en las que sean postuladas por el principio de mayoría relativa”.

Incluso explicó que el artículo 29 establece que respecto de la asignación de Regidurías por Representación Proporcional del Ayuntamiento, atendiendo a la igualdad sustantiva, el Consejo General, para tal efecto se podrá realizar los ajustes necesarios, en su fracción I establece que “… si se encuentra sub representada la mujer…, a) se modificará el orden de prelación de la candidaturas registradas…, b) hasta designar las diputaciones necesarias para las mujeres, y en medida de lo posible alcanzar la igualdad”, lo cual rompe el principio de paridad horizontal, vertical y transversal.

En su momento, la diputada local y representante del PVEM Maribel León Cruz, aseguró que la actual ley es muy clara en las reglas de asignación de candidaturas bajo principal de paridad vertical, horizontal y mixta, que no favorece a ningún género, simplemente da igualdad.

Estuvieron los representantes del partido Socialista Patricia Zenteno, del PAN Gilberto Temoltzin Martínez y José Luis Garrido Cruz, del PEST.

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