La diputada, Leticia Hernández Pérez, propuso al Pleno del Legislativo reformar el artículo 229 del Código penal del estado de Tlaxcala para privilegiar los derechos de la mujer, considerar y castigar la violencia en su contra y tomar en cuenta casos de feminicidio.

En este sentido, propuso que dicho artículo establezca que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, por lo que se consideran razones de género los factores socioculturales que generan odio hacia las mujeres al grado de asesinarlas.

De manera enunciativa más no limitativa, se consideran razones de género el hecho de ser mujer; La creencia de que la mujer es inferior, subordinada, objeto sexual o propiedad de los varones.

Así como la inobservancia de roles y/o estereotipos de género que amenazó o le hizo perder el poder que ejercía sobre ella; El empoderamiento económico, social, cultural y político de la mujer; la disposición de la mujer de acabar con el orden social basado en relaciones desiguales.

La referida ley contemplaría que se tendrán por acreditadas las razones de género cuando concurra circunstancias tales como si a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, heridas en zonas vitales, traumatismos, estrangulamiento, cortes, puñaladas, contusiones fracturas, dislocaciones, quemaduras escoriaciones previas o posteriores a la privación de la vida.

Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva, de parentesco por consanguinidad o unidad, de matrimonio o concubinato, noviazgo, cualquier otra relación de hecho, amistad o de confianza.

La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida o se haya encontrado en un estado de indefensión por alguna condición de vulnerabilidad, entre otras.

Y es que la diputada expuso que en el 2017 en Tlaxcala se reportaron dos mujeres víctimas de feminicidio conforme las carpetas de investigación que se aperturaron en la Procuraduría General de Justicia, y dieciocho mujeres que fallecieron por agresiones intencionales según el certificado de defunción.

“Esta propensión a reportar pocos feminicidios y muchos asesinatos dolosos de mujeres podría deberse a la incomprensión del concepto razones de género contenido en el tipo penal del feminicidio”, refirió al tiempo de asegurar que la refora referida es de gran necesidad”.

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