La Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) está atenta para recibir asesoría y representación a los trabajadores que no hayan recibido el pago de aguinaldo a más tardar el pasado 20 de diciembre, indicó la oficina de representación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en Tlaxcala.

Lo anterior, con el objetivo de conciliar la entrega de la prestación con el patrón, informó la dependencia federal “si el patrón no cumple con sus obligaciones de pago de aguinaldo, se recibe incompleto o extemporáneo, el trabajador deberá acudir a la Profedet o también puede acudir a la oficina de representación federal del Trabajo en Tlaxcala y presentar su queja por falta de pago de aguinaldo”.

A la fecha, la instancia federal, no ha iniciado un operativo ex profeso para revisar el cumplimiento de esta prestación, sin embargo, refiere que los trabajadores que han tenido problemas de este tipo (falta de pago, pago extemporáneo, etc.), deben recurrir a la Profedet para recibir asesoría o representación para conciliar con el patrón.

Una vez presentada la queja, la dependencia federal ordenará la práctica de una inspección extraordinaria en materia de condiciones generales de trabajo.

En su página de internet, se explica que ara la presentación de la queja, el trabajador deberá contar con los siguientes datos para efecto de tener la información necesaria y generar la orden de inspección: Nombre de la empresa o razón social (incluyendo S. A.; S.A. de C.V.; S. de R. L; S. A. B.; S. A. P. I., este dato se encuentra en los recibos de nómina o en la credencial del trabajo o en las facturas de la empresa, etc.).

Especificar a qué se dedica el centro de trabajo; proporcionar el domicilio del centro de trabajo completo sin abreviaturas (calle o en su caso carretera o camino, lote, manzana, colonia, delegación o municipio, estado y código postal); además, debe anotarse en forma completa, sin abreviaturas, los interiores o lugar de referencia: edificio, unidad, local, interior, piso, despacho, bodega, acceso, nave, sección, entrada, domicilio conocido.

Además de proporcionar el nombre del representante legal o administrador (nombre, apellidos paterno y materno), Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del centro de trabajo o empresa (clave de registro ante SHCP); descripción de la queja (narrar la problemática a la que se enfrenta el trabajador: derechos laborales (salarios, IMSS, vacaciones, tiempo extraordinario, participación en el reparto de utilidades, entre otros), y/o riesgos a la vida y salud de los trabajadores.

El pago es equivalente mínimo a 15 días de salario, que a su vez se corresponde a un año laborado. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos”.

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