Previo al inicio del proceso electoral ordinario 2020-2021, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) generó diversas acciones afirmativas contra la violencia política en razón de género y para la inclusión paritaria de la mujer en los procesos electorales.

Una de las bondades alcanzadas, también derivadas de reformas constitucionales, fue la alternancia de género mediante la presentación de listas para candidaturas a determinado cargo compuestas por mujeres y por hombres de forma sucesiva e intercalada.

Así como la conformación de bloques de competitividad, que corresponden a la lista de Distritos y/o Municipios y/o Comunidades que conforman el Estado, o bien en los que postuló un partido político, candidatura común.

Aunado a lo anterior, se determinó la conformación de bloques para una coalición en el proceso inmediato anterior, el cual se organiza con base en los resultados de la votación válida.

También se determinó la Fórmula mixta, aquella compuesta por candidato propietario hombre y suplente mujer, lo que da como resultado la homogeneidad en las fórmulas por propietario y suplente del mismo género.

Por otra parte, se ha dado la paridad de género en sentido horizontal, mismo que indica que del total de candidaturas, de las postuladas para el primer lugar en las planillas, se deberá registrar el mismo número de hombres que de mujeres.

A esta se le suma la paridad de género vertical, la cual se presenta al postular en las fórmulas y planillas el mismo número de hombres que de mujeres, al cual se le deberá incluir la alternancia de género.

Otro de los factores determinantes a tomar en cuenta durante el proceso electoral es el sesgo o tendencia de poner en desventaja o perjudicar a mujeres frente a los hombres.

Este último representaría, en caso de mostrarse al momento de designar candidaturas, una disparidad y competencia no paritaria en cuanto al género de los candidatos que compitan.

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