El Partido Fuerza por México deberá retirar, eliminar, borrar o blanquear la propaganda política en la barda ubicada en calle 2 de abril esquina con calle 19 de Noviembre del municipio de Panotla, determinó en sesión especial el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), previniéndolo además para que en futuros actos se ajuste a lo señalado en el artículo 133 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala.

La mañana de este domingo, el órgano electoral atendió la queja formulada por el ciudadano Noé Cruz de Sixto, pues en la instauración del procedimiento especial sancionador se determinó que hay una trasgresión a la normatividad electoral, ya que el Partido Fuerza por México presuntamente realizó propaganda política electoral sin permiso del propietario del bien inmueble, por ello, se realizó la votación por unanimidad.

“Es importante señalar que si bien entre los derechos de cualquier simpatizante u organización se encuentra la libre expresión, la normativa electoral establece una serie de limitaciones, por lo que en el caso en análisis se puede inferir válidamente que dicho partido u organización política manifiesta indiciariamente una probable intención de estimular o persuadir de manera directa o indirectamente a la ciudadanía con el probable fin de obtener ideas o creencias a favor de dicho partido político”, destaca un fragmento del dictamen.

Con lo anterior, los consejeros electorales concedieron al Partido Fuerza por México un término no mayor a 48 horas siguientes a la notificación del acuerdo para que atienda esta medida y, al mismo tiempo, se le requiere para que dentro del mismo término informe al instituto sobre el cumplimiento dado a las medidas cautelares, debiendo acompañar las constancias que así lo acrediten.

Advierte la autoridad electoral que en caso de incumplimiento a la presente resolución dentro del término concedido, podrá ser acreedor a la imposición de una medida de apremio consistente en multa, prevista en la fracción III, del artículo 34, del Reglamento de Quejas y Denuncias del ITE, concluyeron los consejeros.

 

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