La magistrada presidenta del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), Claudia Salvador Ángel, representó a la entidad en el “Foro: violencia política contra las mujeres en razón de género. Aportaciones y desafíos de los Tribunales Electorales de las entidades federativas”, al participar en la quinta mesa de trabajo en la que expuso el tema “Estándar de valoración de la prueba para el otorgamiento de medidas cautelares, en casos de violencia política en razón de género” que ha aplicado esta autoridad jurisdiccional.
En la Mesa de trabajo número 5 de este evento que se desarrolló en Quintana Roo los días 5 y 6 de mayo, la magistrada presidenta expuso al lado del magistrado presidente por Ministerio de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Alejandro Avante Juárez y de su homólogo en Sonora, Leopoldo González Allard, quienes hablaron de la “Decisiones de la judicatura electoral en casos que involucran violencia política contra las mujeres en razón de género: estándar de valoración de la prueba, medidas de reparación integral y lenguaje incluyente”.
Durante su participación, Claudia Salvador Ángel puntualizó que “Las mujeres tienen derecho a vivir una vida libre de violencia y una de las dimensiones de ese derecho es la materia político–electoral, pues las mujeres deben tener garantizado el ejercicio de los derechos político–electorales, sin obstáculos ni impedimentos, de ahí que sea inaceptable la violencia en el ejercicio de un cargo público”.
De manera específica, compartió un caso atendido por el TET en el marco del proceso electoral 2020–2021 en que se renovaron todos los cargos locales de elección popular, y ante esta autoridad jurisdiccional se promovió un Juicio de Protección de los Derechos Político–Electorales en el que la Síndica municipal del municipio de Santa Cruz Quilehtla, solicitó el dictado de medidas cautelares para que el ayuntamiento le dotara de los elementos humanos y materiales necesarios para el desempeño de su función.
Al respecto, puntualizó que fue necesario establecer el nivel o estándar de prueba para otorgar una medida cautelar, tratándose de violencia política en razón de género, en el acuerdo plenario emitido por el TET se estableció que con base en disposiciones constitucionales y convencionales, es posible el dictado de dichas medidas, para garantizar el derecho presuntamente vulnerado, y así evitar un daño irreparable.
Para estos casos, en el TET se estableció un estándar mínimo de prueba para darle viabilidad al otorgamiento de medidas cautelares en los casos cuyo análisis así lo considere pertinente, para proteger a quienes denuncian violencia política en razón de género, siempre y cuando se tengan acreditadas diversas afirmaciones de la parte demandante.
En el caso expuesto, Claudia Salvador Ángel, señaló que se vinculó a las autoridades responsables y a los integrantes del Cabildo, dentro de los límites de sus respectivas competencias y responsabilidades, a dotar a la Actora de los elementos necesarios para el desempeño adecuado de sus funciones como Síndica, en la inteligencia de que deberían proporcionarse a la Impugnante los recursos humanos y materiales necesarios para el adecuado desempeño de su función, con lo que el TET adoptó una postura garantista y activa en la acreditación de hechos relevantes en un asunto de violencia política en razón de género.