Rafael vivió cinco años en concubinato con su pareja, quien falleció por lesiones sufridas tras un accidente automovilístico. Luego de buscar ayuda con organizaciones LGTB para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le otorgara una pensión por viudez, acudió al Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) para arreglar su situación.
El asesor jurídico Juan Antonio Martínez apoyó al usuario a presentar una solicitud por escrito ante el subdelegado del Seguro Social en Coatzacoalcos, Veracruz, a fin de que se le reconociera este derecho.
En junio de 2021, el IMSS determinó que la solicitud no cumplía con el requisito legal de un matrimonio civil, además de que no es aplicable a los hombres viudos concubinarios, que hayan estado unidos con personas aseguradas o pensionadas del mismo sexo.
Ante esta negativa, el abogado del IFDP interpuso un medio de defensa reclamando la inconstitucionalidad del artículo 130 de la Ley del Seguro Social, pues dijo, “todos somos iguales ante la ley”.
El 23 de noviembre de 2021, el juzgado Décimo Noveno de Distrito ordenó al IMSS otorgar la pensión por viudez al joven de 26 años, ya que la Constitución establece que los hombres y mujeres son iguales ante la ley, sin que pueda existir discriminación por nacionalidad, raza, sexo, religión o cualquier otra circunstancia personal o social.
De esta forma el IFDP -órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal- se consolida como la Defensoría del Pueblo, tan es así que el defensor encargado del caso descrito, mencionó que ya se cuenta con un caso similar entre una pareja de mujeres, que busca una pensión ante el Issste.




























