Durante la sesión del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), la magistrada presidenta, Claudia Salvador Angel y los magistrados José Lumbreras García y Miguel Nava Xochitiotzi aprobaron por unanimidad de votos revocar la elección de la autoridad en la presidencia de comunidad de San Antonio Teacalco para reponer el procedimiento, además de otros asuntos que involucran a los municipios de La Magdalena Tlaltelulco, Totolac y el Congreso del estado.

En cumplimiento a los lineamientos establecidos por la Sala Regional Ciudad de México (Srcdmx) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la sesión celebrada por el Pleno del TET se atendió nuevamente el expediente TET-JDC-508/2021 y acumulado, para el que se aplicaron mayores diligencias y nuevas actuaciones con perspectiva intercultural.

En dichos expedientes promovidos por diversos habitantes de la comunidad de San Antonio Teacalco, municipio de Santa Apolonia Teacalco, se estudiaron los actos que controvirtieron relativos la elección al cargo de titular de la presidencia de comunidad.

Tras la revisión de agravios se declaró la nulidad de la elección al cargo de titular de la presidencia de comunidad de San Antonio Teacalco, celebrada el 28 de agosto de 2021, por la falta de indicios de que existió el quórum legal, pues se retiraron tanto habitantes como personal del ITE tras un conflicto registrado en el lugar.

En la sentencia del Juicio de la Ciudadanía número TET-JDC-019/2022, en el que se señala al  presidente municipal, tesorero y director de Obras Públicas del municipio de La Magdalena Tlaltelulco de la violación al derecho político electoral de ser votado en su vertiente del ejercicio del cargo, en contra del tercer regidor quien funge como vocal de la Comisión Municipal de Ecología, y de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obra Pública y Ecología, del estudio realizado por parte de la ponencia a cargo, se comprobó la violación señalada.

Por lo que se ordenó a las autoridades municipales entregar los pagos en tiempo y forma en lo sucesivo a la parte actora, así como asistir a las sesiones a las que sean debidamente convocados, entregarle el calendario de obras y los expedientes técnicos en lo sucesivo en tiempo y forma, así como entregar en un plazo de dos días hábiles algunos expedientes o, de lo contrario, el director de abras se hará acreedor a una medida de apremio, de conformidad con el artículo 74 de la Ley de Medios.

En lo que respecta al expediente TET-JDC-002/2022, se informó que tras la amonestación impuesta por esta autoridad jurisdiccional al Presidente Municipal de La Magdalena Tlaltelulco, el pasado mes de junio, ya fueron cubiertas las remuneraciones adeudadas a la parte denunciante con lo que se dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia definitiva.

En el expediente TET-JDC-005/2022 se confirmó el cumplimiento de la sentencia emitida por el TET, por el pago realizado a los regidores del Ayuntamiento de Totolac, que promovieron este juicio de la ciudadanía, sin embargo, los actores manifestaron tener un descuento en sus siguientes pagos, por lo que la magistratura instructora, propuso encausar el planteamiento de inconformidad a un nuevo Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía, mismo que fue aprobada por unanimidad de votos.

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