El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el plazo hasta el 31 de mayo para que las personas físicas presenten su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, informó el administrador local de servicios al contribuyente, Eric Escobar Villa.

Puntualizó que el SAT seguirá apoyando de manera firme la Jornada de #SanaDistancia y #QuédateEnCasa, mediante el exhorto respetuoso a las personas contribuyentes a que privilegien el uso de las distintas herramientas tecnológicas que se tienen a su disposición para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con ello evitar la numerosa presencia de contribuyentes en las oficinas

En el caso de la entidad tlaxcalteca, se estima que hay alrededor de 150 mil personas físicas que están bajo el régimen de asalariados y se espera que la mayoría de los obligados cumpla en tiempo y forma con su declaración, dado que se amplió el plazo hasta el 31 de mayo.

La Declaración Anual deben presentarla las personas físicas que obtuvieron ingresos en 2020 por servicios profesionales (honorarios), actividades empresariales, plataformas tecnológicas, arrendamiento, intereses, dividendos, enajenación de bienes, adquisición de bienes y salarios obtenidos por trabajar para dos o más patrones de manera simultánea, cuando la totalidad de los ingresos anuales por salarios excede de 400 mil pesos, si además de salarios obtuvieron otros ingresos, si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener y cuando obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.

En el caso de las personas físicas que no presentan Declaración Anual son aquellas que obtuvieron ingresos por salarios de un solo patrón, siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio; de un solo patrón más intereses reales que no excedan de 100 mil pesos, pues la suma de los sueldos e intereses reales no debe exceder de 400 mil pesos; de un solo patrón, siempre que no exista impuesto a cargo en la Declaración Anual o que el patrón les haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio y en su caso, los ingresos de la o el contribuyente por intereses nominales que provengan de instituciones que componen el sistema financiero, no hayan excedido de 20 mil pesos en el ejercicio.

Además, indicó que, si resulta un saldo a favor, pueden presentar su Declaración Anual a más tardar el 31 de julio para obtener su devolución en forma automática.

Escobar Villa pidió a los contribuyentes a ingresar a satid.sat.gob.mx o usar la App SAT ID para la generación o actualización de contraseña y renovación de e.firma, cuando su vencimiento sea menor de un año. O bien, en OrientaSAT, para información o aclarar dudas, se puede usar el nuevo chatbot, el cual se encuentra en el minisitio de Declaración Anual o en el portal de Declaraciones.

En la declaración se puede utilizar la contraseña si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos, si el monto es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando se utilice la cuenta CLABE precargada.

O su e.firma, si el saldo a favor es superior a 10 mil pesos y se captura una nueva cuenta CLABE.

Para realizar la generación o renovación de contraseña y renovación de e.firma, podrán entrar a satid.sat.gob.mx o en la App SAT ID. Y para dudas en el mismo portal de declaraciones puedes consultar el nuevo chatbot OrientaSAT, recalcó.

Para solicitar información, los contribuyentes pueden visitar el minisitio http://bit.ly/3tPaODB, llamar a MarcaSAT 55 627 22 728 o usar el de chat uno a uno de lunes a viernes en horario de 8 horas a 18:30 horas.

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