Como bien sabemos, la Constitución Federal establece en su artículo 53 que la división de los 300 distritos electorales uninominales se llevará a cabo con base en los datos del último censo de población. Por lo cual, una vez publicados los datos del censo de 2010, el entonces Instituto Federal Electoral llevó a cabo en el 2013, los trabajos necesarios para la división de los 300 distritos electorales federales, de tal modo que el 24 de octubre de ese año, su Junta General Ejecutiva aprobó proponer al Consejo General del Instituto, la nueva demarcación territorial de los distritos electorales federales en que se dividiría el país.
Sin embargo, en sesión celebrada el 28 de octubre de 2013, el Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral aprobó devolver a la Junta General Ejecutiva, la propuesta de división del territorio del país en 300 distritos electorales federales. El argumento era que el Congreso de la Unión se encontraba discutiendo la reforma político-electoral que finalmente dio paso a la creación del Instituto Nacional Electoral. De esta manera, el 30 de septiembre de 2014, el Consejo General del INE aprobó mantener la distritación electoral federal de 2005 para la realización de la jornada electoral federal de 2015.
Con esta determinación, la distritación electoral federal de 2005 aprobada por el Instituto Federal Electoral el 11 de febrero de ese año, fue utilizada en cuatro Procesos Electorales Federales: 2005-2006, 2008-2009, 2011-2012 y 2014-2015, mientras que la anterior distritación trazada por el IFE, es decir, la aprobada el 31 de julio de 1996, solo se utilizó en tres Procesos Electorales Federales 1996-1997, 1999-2000 y 2002-2003.
Cabe recordar que antes de 1996 solo se tenía el antecedente de la distritación de 1978: La primera distritación electoral federal llevada a cabo en la historia de México por la entonces Comisión Federal Electoral de acuerdo a la fórmula vigente del artículo 53 constitucional, y que se utilizó en seis elecciones federales: 1979, 1982, 1985, 1988, 1991 y 1994. Evidentemente, esta conformación realizada con datos del censo de población de 1970, sin tener ninguna modificación posterior con base en los censos de 1980 y 1990, propiciaba que alrededor del 56% de los 300 distritos electorales federales se encontraran fuera del rango poblacional.
Como hemos mencionado en otras ocasiones, los procesos de distritación realizados por el Registro Federal de Electores tienen como finalidad establecer las demarcaciones territoriales (distritos electorales) para que el voto de las y los ciudadanos tenga un mismo valor y los diputados representen a un número similar de mexicanas y mexicanos, por lo que el tener distritos fuera de rango nos genera problemas con la representación política de las personas en el órgano legislativo.
Ahora bien, concluido el Proceso Electoral Federal 2014-2015, el Instituto Nacional Electoral se dio a la tarea de retomar los trabajos de la distritación electoral federal pospuestos en el año 2013. Para ello, su Consejo General dispuso la creación de un Comité Técnico para la Evaluación y Seguimiento de los Trabajos Distritación, así como la aprobación del “Protocolo para la Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas en materia de distritación electoral”.
Con base en estos instrumentos normativos, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores emprendió un plan de trabajo jamás realizado en las otras tres distritaciones trazadas por la autoridad federal (1978, 1996 y 2005), que implicó la realización de 32 Foros Estatales de Distritación; la celebración de 32 Mesas Informativas Especializadas con representantes indígenas; la generación de los escenarios de distritación para cada entidad federativa y la entrega de los mismos a las Comisiones de Vigilancia Nacional y Locales del país para sus observaciones; la realización de 32 comparecencias de las Comisiones Locales de Vigilancia en la Ciudad de México, a efecto de conocer los argumentos correspondientes a los escenarios propuestos; el análisis de las observaciones realizadas por las Comisiones de Vigilancia Nacional y Locales; la recepción de las propuestas de los partidos políticos para la definición de cabeceras disitritales, y finalmente, la generación de los proyectos de acuerdo para la aprobación de la distritación por parte de la Comisión del Registro Federal de Electores del Consejo General, la Junta General Ejecutiva y el Consejo General del INE.
A casi un año de haber iniciado los trabajos de la distritación electoral federal 2016-2017, y después de una ruta que implicó el procesamiento de los escenarios correspondientes por parte de 33 Comisiones de Vigilancia del Registro Federal de Electores en el país (una Nacional y 32 locales), que posibilitó la participación de 297 representantes de los partidos políticos nacionales acreditados en estos órganos de vigilancia (PAN, PRI, PRD, PT, PVEM, MC, NA, MORENA y PES), y en la que se instrumentó por primera vez una consulta a los pueblos y comunidades indígenas, propiciando la participación de más de 1,862 representantes indígenas de todo el país; el 15 de marzo pasado, el Consejo General del INE aprobó la demarcación territorial de los 300 distritos electorales federales uninominales en que se divide la República mexicana y sus respectivas cabeceras distritales, a propuesta de la Junta General Ejecutiva del INE.
Con la aprobación de esta nueva geografía electoral del país, el estado de Puebla estará conformado por 15 distritos electorales federales:
Distrito 01: Conformado por un total de 19 municipios y 186 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Huauchinango de Degollado perteneciente al municipio de Huauchinango.
Distrito 02: Conformado por un total de 29 municipios y 192 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Cuautilulco Barrio perteneciente al municipio de Zacatlán.
Distrito 03: Conformado por un total de 14 municipios y 179 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Teziutlán perteneciente al municipio de Teziutlán.
Distrito 04: Conformado por un total de 20 municipios y 176 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Ajalpan perteneciente al municipio de Ajalpan.
Distrito 05: Conformado por un total de 13 municipios y 150 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de San Martín Texmelucan de Labastida perteneciente al municipio de San Martín Texmelucan.
Distrito 06: Esta demarcación tiene su cabecera ubicada en la localidad de Heroica Puebla de Zaragoza perteneciente al municipio de Puebla, y se encuentra integrado por 127 secciones.
Distrito 07: Conformado por un total de 12 municipios y 121 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Tepeaca perteneciente al municipio de Tepeaca.
Distrito 08: Conformado por un total de 22 municipios y 181 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Ciudad Serdán perteneciente al municipio de Chalchicomula de Sesma.
Distrito 09: Conformado por 200 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Heroica Puebla de Zaragoza perteneciente al municipio de Puebla.
Distrito 10: Conformado por un total de 7 municipios y 124 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Cholula de Rivadavia perteneciente al municipio de San Pedro Cholula.
Distrito 11: Esta demarcación tiene su cabecera ubicada en la localidad de Heroica Puebla de Zaragoza perteneciente al municipio de Puebla, y se integra por 149 secciones.
Distrito 12: Esta demarcación tiene su cabecera ubicada en la localidad de Heroica Puebla de Zaragoza perteneciente al municipio de Puebla, y se integra por 292 secciones.
Distrito 13: Conformado por un total de 21 municipios y 215 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Atlixco perteneciente al municipio de Atlixco.
Distrito 14: Conformado por un total de 51 municipios y 235 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad Acatlán de Osorio perteneciente al municipio Acatlán.
Distrito 15: Conformado por un total de 8 municipios y 129 secciones electorales, con cabecera ubicada en la localidad de Tehuacán perteneciente al municipio Tehuacán.
Cabe señalar que de los 15 distritos electorales federales de Puebla, cuatro de ellos quedaron conformados con 40% o más de población indígena: Distrito 01, con cabecera en Huachinango; Distrito 02, con cabecera en Zacatlán; Distrito 03, con cabecera en Teziutlán, y Distrito 04, con cabecera en Ajalpan.
Al respecto, es importante destacar que en el estado de Puebla habremos incrementado en un 100% el número de distritos indígenas. Con la distritación federal de 2005, solo los distritos 04, con cabecera en Zacapoaxtla y 16, con cabecera en Ajalpan, tenían el carácter de indígena.
Lo anterior, sin duda alguna contribuirá a la participación política de nuestros pueblos originarios en las elecciones federales del 2018, cumpliendo de esta manera con el propósito de la reforma constitucional en materia de derechos de los pueblos indígenas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2001, y cuyo artículo tercero transitorio del Decreto por el que fue publicada, dispone que “para establecer la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales deberá tomarse en consideración, cuando sea factible, la ubicación de los pueblos y comunidades indígenas, a fin de propiciar su participación política”.
Carlos Alberto Montero
Catalán, Vocal del Registro Federal de Electores del INE en Puebla