La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para que otorgue la pensión por viudez solicitada por tres concubinarios de parejas homosexuales.
Ello, luego de que consideró que excluir a las parejas del mismo sexo en concubinato de los beneficios de seguridad social, contribuye a perpetuar la “noción equivocada”, de que son merecedoras de menor reconocimiento y derechos que las parejas heterosexuales, lo cual vulnera la dignidad de las personas.
En la Recomendación 53/2017, dirigida al director general del IMSS, Mikel Arriola, señala que las autoridades del instituto restringieron el acceso de los quejosos a la pensión por viudez en su modalidad de concubinato.
Todo ello, añadió, sin que existiera justificación racional y normativa para declarar improcedente la solicitud de pensión, al no haber presentado acta de matrimonio civil, lo cual implicó negar a estas parejas homosexuales, los beneficios que son accesibles a las personas heterosexuales a través del concubinato.
Como consecuencia de las violaciones a derechos humanos causadas por los servidores públicos del IMSS, la CNDH consideró procedente la reparación integral en términos de la Ley General de Víctimas, incluyendo se brinde trámite a las solicitudes de pensión planteadas, sin que se exija el dictamen de beneficiario incapacitado, ni acreditar la dependencia económica.
También, consideró que, de ser el caso, se deben implementar las acciones necesarias para que pueda otorgarse la pensión a que tengan derecho; y se proponga ante las instancias correspondientes el anteproyecto de modificación a las disposiciones de la Ley del Seguro Social.
Al igual que a las normas reglamentarias que así lo ameriten, concernientes a los requisitos para la concesión de pensión por viudez, en el caso de concubinarios de parejas homosexuales