La 53 Legislatura del Congreso de Morelos aprobó el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, por el que se reforman integralmente los artículos 175 y 176 del Código Penal de Morelos; esto con el fin de sancionar a aquellas personas que cometieron el delito de robo; sin embargo, también de eximir de una pena condenatoria a aquellos ladrones que al verse descubiertos opten por abandonar lo hurtado.
El dictamen avalado por los legisladores explica que, en la actualidad, los agentes del Ministerio Público deben demostrarle al juez penal que el “ladrón” tuvo ocasión de usar, gozar o vender el objeto.
En otras palabras, hoy en día si el ladrón deja las cosas antes de salir de un supermercado; por ejemplo, podrá ser detenido, pero no llevado ante un juez penal y menos ser sentenciado por el delito de robo.
Por ello, con la reforma integral del artículo 175 del Código Penal para el Estado de Morelos propuesta por el diputado Manuel Nava Amores, del partido Movimiento Ciudadano (MC), se dará por consumado el robo desde el momento en que el inculpado tiene en su poder la cosa robada, aun cuando la abandone o lo desapoderen de ella.
Además, con la modificación del artículo 176 de este código, también se sancionará a aquellos ladrones que ejerzan violencia moral mediante armas falsas con el fin de lograr su cometido; el legislador puso como ejemplo a quienes utilizan armas de juguete como armas verdaderas, ya que en la actualidad el sujeto activo del delito en ese caso pudiera alegar que solo jugaba.
El dictamen en positivo de esta iniciativa ayudará a las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia, a llevar a los presuntos culpables del delito de robo ante un juez y obtener sentencias condenatorias en su contra.