El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló una multa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) contra la exlider magisterial Elba Esther Gordillo por un monto de 16 millones 174 mil 75 pesos.

Durante su sesión pública este miércoles, el tribunal aprobó por mayoría de siete votos contra cuatro el proyecto que establece que se violó la garantía de audiencia de Gordillo Morales, pues al estar privada de su libertad, no se pudo defender cuando se le impuso tal multa.

Por ello, el SAT, tiene un plazo de cuatro meses para reponer el procedimiento fiscalizador en contra de Elba Esther Gordillo esta vez, con el plazo legal correspondiente para que pueda desvirtuar los hechos y omisiones que se le imputan.

Sin embargo, la resolución del TFJA también aclara que el SAT puede desistirse de reponer el procedimiento, pues se trata de un caso del ejercicio fiscal 2010.

El proyecto aprobado también toma en cuenta que “el hecho de que la hoy actora ya no tuviera el cargo de presidenta vitalicia del sindicato al que perteneció, así como que se encontrara privada de su libertad, constituyeron un obstáculo real que le impidió tener la documentación comprobatoria que requería para su defensa”, sobre todo, porque el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) impidió que pudiera presentar los documentos para defenderse.

De las pruebas aportadas por la accionante, se constató que el SNTE negó reiteradas ocasiones su petición relativa a que se le proporcionara la información que permitiera demostrar ante la autoridad el debido cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Si bien es cierto que el aludido SNTE no se encuentra obligado a llevar contabilidad para efectos fiscales, al tratarse de una persona moral con fines no lucrativos, y que negó ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales que tuviera en su poder documentación contable y fiscal, también lo es que con las probanzas ofrecidas por la impetrante de nulidad, demostró que la documentación contable que la accionante requería para su defensa, sí estaba en poder del sindicato”, concluyó la magistrada”, señaló el proyecto.

Con información de Milenio