Con 27 votos a favor de los legisladores locales que acudieron a los trabajos de la segunda sesión ordinaria de la semana en curso en el Congreso del Estado, se aprobaron diversas reformas y adiciones a la Ley de Transporte para el Estado de Hidalgo para establecer que queda prohibida la propaganda política en el sistema de Transporte de pasajeros en la entidad.
Durante la lectura del documento que más tarde fue llevado a discusión de los diputados locales, el legislador del grupo parlamentario del Partido Nueva Alianza, Emilio Eliseo Molina Hernández, señaló que con esta aprobación finalmente se termina con una de las acciones que eran aprovechadas por diferentes partidos para favorecer a sus abanderados lo que dejaba en desventaja a sus adversarios.
“En un sistema democrático, las contiendas electorales deben desarrollarse bajo escenarios donde se privilegie la equidad entre los competidores y que ellos de refleje en una igualdad de oportunidades entre partidos políticos, coaliciones o candidatos para dar a conocer electorado la imagen y propuestas, bajo in contexto de respeto a la libertad de expresión y sin privilegiar a nadie”.
A decir del legislador del partido turquesa, por ello se adicionó la fracción XXXII al artículo 305 de la Ley Estatal del Transporte, en el que se establece la prohibición expresa de colocación o difusión de propaganda electoral en el transporte público concesionado por el estado, así como la reforma de la fracción XIII del artículo 323 para contemplar la sanción a la prohibición referida, y se reformó el artículo 327 para incorporar la prohibición contenida en la Iniciativa.
“La iniciativa tiene por objeto aminorar la inequidad en las contiendas por cuento hace a la difusión y colocación de propaganda electoral y para ello se contempló adicionar la fracción Vigésimo segunda a la Ley Estatal de Transporte para establecer la prohibición expresa de colocación o difusión de propaganda en el transporte público concesionado en el estado”.
Al mismo tiempo aclaró que con estas medidas tampoco se trata de impedir que los permisionarios, concesionarios, conductores o empleados del servicio de transporte público en general lleven a cabo actos personales de apoyo a partidos, candidatos, o coaliciones de su preferencia y mucho menos de prohibirles su participación en la elección de sus autoridades en as urnas.