El año 2018 será se profundo ajetreo electoral, pero ofrece también una serie de días de descanso oficiales –ya sea que se respeten o no-, extras de los contemplados en el Calendario Escolar 2017-2018 para los primeros siete meses del año.

De acuerdo al calendario 2018, las familias mexicanas y personas en general podrán disfrutar de días de asueto y largos fines de semana, además de períodos vacacionales escolares, que inician con los días 1 y 6 de enero, con motivo de la celebración del Año Nuevo y Día de Reyes.

En el mes de febrero se contemplan como asuetos, aunque poco respetados en las empresas, el lunes 5 de febrero, aniversario de la Constitución, y el 24 de febrero, Día de la Bandera.

En marzo podrá descansarse, si así lo establecen además los contratos de trabajo, el lunes 19 de marzo, por el natalicio de Benito Juárez, el jueves 29, por ser Jueves Santo, y el viernes 30, Viernes Santo.

En abril caerá en domingo 1 la celebración del Domingo de Resurrección.

Para mayo llegarán una serie de asuetos, comenzando el martes 1, obligatorio, que celebra el Día del Trabajo; el sábado 5, cuando se conmemora la Batalla de Puebla y el 10 de mayo, que se autorice o no en las empresas, es día de ausentismo laboral, pues se festeja el Día de las Madres.

En septiembre se tendrá como asueto obligatorio el día domingo 16 de septiembre, es decir, que poco o nada vendrá a beneficiar al descanso familiar y a la industria turística.

Pero en noviembre las cosas cambiarán, pues ya sea por costumbre, o por ser obligatorio, pero se descansará el viernes 2, Día de los Muertos, y el lunes 19, con el festejo adelantado del aniversario de la Revolución Mexicana.

Aunque ya no se acostumbra darlo como descanso obligatorio, el sábado 1 de diciembre tendrá lugar el cambio del Poder Ejecutivo Federal.

Eso sí, el 12 de diciembre no habrá poder patronal que obligue a millones de mexicanos a trabajar, en lugar de dedicar el día a conmemorar la aparición de la virgen de Guadalupe en El Tepeyac.

Son también días de descanso, el segundo, obligatorio, los días 24 y 25 de diciembre, pues se celebran la Noche Buena y la Navidad.

 

Días de asueto escolar

La Secretaría de Educación Pública (SEP), establece además una serie de días de asueto contemplados en el Calendario Escolar, y que son: lunes 5 de febrero, lunes 19 de marzo, martes 1 de mayo, martes 15 de mayo.

Contempla además el período vacacional del jueves 21 de diciembre al viernes 5 de enero por fiestas decembrinas, y  del lunes 26 de marzo al viernes 6 de abril, por Semana Santa y Pascua.

Para el período vacacional de verano, o fin de cursos, se establecen  tres calendarios escolares: uno de 185 días, para concluir el lunes 25 de junio; otro 195, que concluye el lunes 9 de julio, y un tercero de 200 días, que finaliza actividades el  lunes 16 de julio.

Con este calendario en mano tanto las familias como los prestadores de servicios turísticos podrán planear sus actividades de descanso, en el caso de las primeras, y de mayor actividad, entre los segundos.