Luego de que Matilde Otontiopa Cañada interpusiera un juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, el TEEH confirmó la resolución impugnada.
En el expediente TEEH-JDC-007/2018 la ciudadana integró su queja contra el acuerdo IEEH-GC-05/2018 relativo a la modificación del convenio IEEH-CG-057/2017, al considerar que limitan sus derechos políticos-electorales, pues observa un sistema de medición rígido, incertidumbre en relación a las autoridades facultadas para acreditar la pertenencia de los aspirantes a una comunidad étnica, además acusa al IEEH de no atender el caso concreto de la postulación con perspectiva de interculturalidad.
Fue así que el magistrado Jesús Raciel García Ramírez calificó los argumentos de la promovente como infundados e inoperantes al no existir tal agravio, pues el IEEH reunió todos los elementos para fortalecer y flexibilizar el acceso de las personas indígenas a las candidaturas para el proceso electoral 2017-2018.
Retomó los criterios de las autoridades federal y local atendiendo la perspectiva intercultural para acreditar el vínculo con las comunidades, para lo cual contempló los parámetros sustentados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la tesis de 2016 “Juzgar con perspectiva intercultural, elementos para su aplicación en materia electoral”, destacó el Magistrado ponente, Jesús Raciel García Ramírez.
Asimismo, señaló que la autoridad administrativa atenderá las circunstancias particulares de cada persona que se postule, vigilando que las constancias o pruebas presentadas garanticen su participación.
En tanto el magistrado presidente, Manuel Alberto Cruz Martínez, distinguió el trabajo de la ponencia del Magistrado García Ramírez por la complejidad del asunto, “las razones que da el Magistrado Raciel García Ramírez quedan muy claras”, subrayó.