Por presentar el recurso de apelación fuera de tiempo, desecha el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) el recurso de apelación del PRD contra resolución del Instituto Estatal Electoral (IEEH) respecto a la falta de claridad en los criterios para garantizar la equidad de género para la elección de candidatos a diputados locales.
Luego de la resolución presentada en sesión pública, el magistrado presidente del TEEH, Manuel Alberto Cruz, Martínez, señaló que basados en la ley, no podía darse otra determinación en la instancia electoral a su cargo debido a que el PRD presentó su recursos con 33 días de atraso, además de manifestar que los inconformes ya acudieron ante la instancia federal.
“Lo presentaron ante esta instancia 33 días después de terminado el plazo legal para interponer este tipo de recursos, ya que solamente tenían cuatro días para hacerlo valer, además de que tuvieron dos oportunidades para inconformarse, por lo que evidentemente no pudimos entrar siquiera al fondo del asunto. Y este caso nos fue reencausado por la sala Toluca”.
Aseguró el magistrado que por lo anterior al dar a conocer la resolución del asunto asentado en el expediente RAP-PRD-001/2018, inscrito por Octavio Castañeda Arteaga, representante del PRD, los magistrados desecharon esta demanda al tiempo que la consideraron un asunto totalmente concluido, ya que el magistrado Cruz Martínez advirtió que la apelación fue interpuesta fuera de los tiempos que establece el código electoral, situación que imposibilita a los impartidores de justicia subsanar este recurso.
En la misma sesión, la Magistrada María Luisa Oviedo Quezada, refirió respecto al juicio asentado en el expediente TEEH-JDC-009/2018, que no fueron trastocados los derechos de los regidores del Ayuntamiento de Cuautepec, Juana Olmedo Estrada, Fernando López Flores y Romeo Corona García, puesto que el acuerdo mediante el cual se autorizó a la síndico procuradora para que suscriba convenios y finiquitos con los trabajadores del Ayuntamiento, fue signado en la Asamblea Municipal, a la cual fueron convocados.
“Esta permisión general no agravia su ejercicio como regidores. En tal caso, les correspondía manifestar su desacuerdo durante la sesión pública del pasado 8 de febrero que celebró el Ayuntamiento y en la que participaron pero no intentaron convencer a sus compañeros con su posicionamiento”.