De forma general podemos decir que las niñas y niños en el estado mexicano y de forma universal, al igual que todas las personas, son titulares de todos los derechos reconocidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y convenciones internacionales de los que México sea parte y haya ratificado, además de las leyes nacionales y estatales vigentes en defensa este sector vulnerable.

Para hablar de los derechos de las niñas y niños, primeramente debemos tener bien claro que los derechos humanos se basan en el valor de la persona, el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana que busca como fin poder alcanzar el progreso social y elevar el nivel de vida de cada uno de sus miembros mediante obteniendo así: justicia, igualdad, equidad, libertad y paz.

Desde ese punto de vista es clara la exigencia que la infancia tiene de que existan derechos que la protejan, observando la indudable necesidad de cuidados y asistencia especiales, tal y como lo enuncia la Declaración de los Derechos del Niño, que dice: “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”, por lo cual también podemos decir que la familia, como ente o circulo fundamental de la sociedad tienen que tener esos medios necesarios para poder asumir plenamente sus responsabilidades como tal, para lograr sus objetivos como lo antes enunciado,  para con las niñas y niños, pues es ahí donde primordialmente deberán de crecer de la manera más adecuadamente posible rodeado de en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, para que así puedan desarrollar plenamente su personalidad y prepararse para una vida independiente dentro de la sociedad.

Por lo anterior es de suma importancia tener legislación vigente internacional, nacional y estatal, para tener las herramientas y certeza jurídica de la protección y derechos que estamos haciendo mención, así como instituciones que se ocupen de salvaguardad estos derechos, legislación como lo es:

  • La Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño.
  • La Declaración de los Derechos del Niño.
  • El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en el artículo 24).
  • La Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños.
  • Las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing).
  • La Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado.
  • Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
  • Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
  • Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Hidalgo.
  • Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Hidalgo.

Entre otras de carácter general como La Declaración Universal de Derechos Humanos y  la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, etc.

Como podemos percatarnos, son extensas las normas jurídicas protectoras y de reconocimiento de los derechos de las niñas y niños, y eso es así, porque en todos los países existen niños que viven en condiciones deplorables y muy difíciles, por ello la necesidad de buscar los medios que puedan brindar una vida de calidad a éstos, pero por supuesto que ello se podría dar con la aplicación tangible de todos estos ordenamientos jurídicos, pues de nada sirve tenerlos plasmados en un papel, si no son aplicados y respetados.

Además de la legislación anterior, podemos ver que debido a su vulnerabilidad y necesidad de especial protección y cuidado, los menores de 18 años tienen garantizados los derechos específicos recogidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, esta Convención es el tratado de derechos humanos más ratificado de la historia pues lo han hecho 195 países, casi todos los del mundo a excepción de Sudán del Sur y Estados Unidos

No obstante a que se tiene todos esos avances jurídicos e institucionales, millones de menores son víctimas de violaciones de sus derechos en diversos ámbitos.

Como lo son por nombrar algunos, la violencia en las escuelas, en instituciones pensadas para su protección y a menudo, en su propia casa,  en esencial estas leyes nombradas buscan el retomar los ámbitos de protección, como el derecho a la vida, a la convivencia familiar o contra todo tipo de abuso, violencia o explotación laboral; provisión, como el derecho a cuidados sanitarios, a un medio ambiente saludable o a los recursos para un adecuado desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social; participación, como el derecho a una identidad y nacionalidad, a recibir información o a opinar con libertad; los cuales se basan a su vez en cuatro principios fundamentales: la no discriminación; el interés superior del menor; el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo; y el derecho a la participación.