Proponen diputados locales inscribir en el muro de honor del recinto legislativo con letras de oro el 150 aniversario del primer Congreso del Estado, además de presentar una iniciativa  con proyecto de decreto para poder someter a juicio político a todo funcionario público incluido el gobernador,  que incurra en algún delito.

La primera de las propuestas fue presentada en la máxima tribuna del Congreso local por el presidente de la junta de gobierno de la sexagésima cuarta legislatura Ricardo Raúl Baptista González, quien afirmó que la finalidad es de conmemorar los 150 años del Poder Legislativo, así como resaltar dicha leyenda en la papelería oficial expedida.

Recordemos que a propuesta del presidente Benito Juárez, fue nombrado el coronel Juan. Crisóstomo Doria como gobernador provisional del estado, quien tuvo en su encargo emitir la convocatoria para el nombramiento de diputados y del gobernador constitucional, además de regir los trabajos de la reciente entidad, mientras tanto se elegían los Poderes”.

El legislador local por el distrito de Tula de Allende, afirmó que  el inscribir en letras en oro en el muro de honor del Recinto Oficial del Congreso del Estado de Hidalgo con la leyenda “2019, 150 Aniversario del Primer Congreso Constitucional y Constituyente del Estado Libre y Soberano de Hidalgo”, reconocería el trabajo legislativo de la entidad.

Por otra parte, en la misma sesión loa legisladores  Doralicia Martínez Bautista, Lucero Ambrocio Cruz y Armando Quintanar Trejo presentaron una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 150 de la Constitución Política estatal para incluir al gobernador estatal como sujeto de juicio político.

En un acto de congruencia con el reclamo social y entendiendo que no existe justificación alguna para excluir al gobernador de la posibilidad de ser sujeto de juicio político, ya que todo servidor, sin excepción, debe tener un desempeño ejemplar y responder ante la ciudadanía por su actuar público, es que en esta iniciativa se propone incluir al gobernador del estado como sujeto susceptible de responsabilidad política”.