Penas de cárcel de entre tres y seis años de prisión, y de entre tres meses y seis años de prisión, recibirán a partir de este viernes todos aquellos que trasieguen comprobantes fiscales apócrifos.

Así lo dispone un decreto presidencial que reforma la fracción III del Artículo 113 del Código Fiscal de la Federación y que adición el Artículo 113 Bis, que es publicado este jueves por el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En dicha publicación se da a conocer que la reforma al Artículo 113 dispone que se sancionará con penas de tres meses a seis años de prisión al que adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistente, falsas o actos jurídicos simulados.

A su vez, el adicionado Artículo 113 Bis dispone que se aplicarán sanciones de entre tres y seis años de cárcel a quien expida o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

En sus transitorios dicho decreto dispone que el mismo entrará en vigor un día después de su publicación, y que se derogan en automático las disposiciones que se opongan a este decreto.

 

Penas más duras para evasores fiscales

Cabe señalar que desde principios del pasado mes de abril, la  Comisión de Hacienda y Crédito Público, que preside la diputada panista Patricia Terrazas Baca,aprobó el dictamen a la minuta con proyecto de decreto para adicionar el artículo 113 BIS al Código Fiscal de la Federación.

El objetivo que se pretende con esta adición, se dijo en su momento, es el de inhibir la comisión del delito de emisión de facturas para simular operaciones inexistentes, e incrementar las penas de prisión a quienes expidan o enajenen dichos comprobantes.

La  comisión legislativa refirió que en los últimos años aumentó el número de empresas que emiten comprobantes fiscales que amparan operaciones simuladas y que se han utilizado para obtener un beneficio ilegal.

A su vez, el Servicio de Administración Tributaria señaló al respecto que la principal causa de la caída de la recaudación son las operaciones simuladas por las Empresas Deductoras de Operaciones Simuladas (EDOS), tales como incrementar indebidamente las deducciones, solicitar devoluciones de IVA por esas operaciones, facturar mercancías que no pagaron impuestos por su importación, y lavado de dinero.