Al asegurar que es urgente el perfeccionamiento de los instrumentos legislativos para la atención y protección de víctimas, la diputada del grupo legislativo de Morena en el Congreso del Estado, Susana Araceli Ángeles Quezada, propuso ante el pleno de la sexagésima cuarta legislatura local la creación de una nueva Ley de Atención a Víctimas para la entidad.
La legisladora por el distrito de Tizayuca, recordó que a inicio de enero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Víctimas, producto de la crisis de violencia generada por el crimen organizado y los intentos del Estado por contenerla; esta situación había producido gran cantidad de víctimas, por lo que la sociedad mexicana se movilizó intensamente para exigir mejores herramientas para combatir la inseguridad.
“Al mismo tiempo han pedido asegurar a las víctimas el derecho a un trato digno y apegado a protocolos que garantizaran un debido proceso, además de que la reglamentación se convirtió en la principal herramienta para enfrentar las dificultades que la crisis de violencia e incapacidad de las autoridades presentaron a los sistemas de procuración de justicia y de seguridad pública”.
La legisladora añadió que la Ley de Atención, Asistencia y Protección a Víctimas se desarrolló como un instrumento extremadamente simplificado de la Ley General de Víctimas, lo que provocó amplios espacios de incertidumbre o fallas en la legislación que derivaron en una puesta en marcha parcial de sus disposiciones,
“Por lo anterior sigue sin materializarse su principal objetivo, reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia”.
Por último, Ángeles Quezada señaló también como una más de las deficiencias de la Ley de Atención a Víctimas para el estado, que omite los títulos que corresponden a las medidas de ayuda, asistencia y atención, y reparación integral, lo que genera incertidumbre tanto para las víctimas como para las autoridades, pues no se establecen bases mínimas sobre las cuales el reglamento debería operar las medidas del artículo nueve.